En manifestación por "Maestro Justiciero", vecinos piden no proteger a delincuentes
Este viernes, en el fraccionamiento El Dorado, vecinos de Mauricio Marín Campos, profesor conocido como "Maestro Justiciero" por haber golpeado a un ladrón que se metió a robar a su domicilio, se reunieron a las 6:30 p. m. con el propósito de cerrar el flujo de vehículos y generar alteraciones viales en la glorieta del papa Juan Pablo II, en caso de quedar sujeto a un proceso.
Sin embargo, cambió la determinación de los manifestantes para solicitar al Ministerio Público y a la Policía Estatal que no protejan a delincuentes, además del reclamo de que se hagan leyes para cuidar de la ciudadanía.
Es preciso recordar que la golpiza contra el ratero ocurrió el pasado 17 de abril, mientras que la mañana del miércoles 24 de abril el docente quedó en libertad, luego de que el ladrón que se metió a su casa lo acusó de privación ilegal de la libertad y lesiones dolosas calificadas.
Se emitió un auto de no vinculación a proceso, en virtud de que la autoridad jurisdiccional tomó en cuenta lo siguiente:
–El imputado actuó con la finalidad de realizar una detención ciudadana, ya que localizó a la víctima en flagrancia, lo que lo posibilitó a detenerlo. Además, estaba repeliendo una agresión de la que estaba siendo víctima; por la sola intromisión de la víctima al domicilio, estaba expedita la facultad para que realizara la detención, estaba protegiendo su patrimonio y su persona, considerando que es una situación lógica.
–No se constató que estaba amarrado porque los aprehensores no hicieron inspección de que así fuera realmente (por lo que respecta a la privación ilegal de la libertad).
–Se decretó de nula la declaración de la testigo, con base en los artículos 97 y 290 del Código Nacional de Procedimientos Penales, ya que ella ingresó a un domicilio sin autorización, sin consentimiento y sin intención de repeler una agresión, por lo que ella actuó violando un derecho humano.
Aunado a lo anterior, se indica que su dicho es ineficaz, ya que ella no presenció los hechos, sobreponiendo las manifestaciones del imputado a las de ella, ya que la jueza refirió que las del imputado son las válidas, puesto que él sí estableció circunstancias de tiempo, modo y lugar.
–No se encontraron motivos lógicos para demeritar el dicho del imputado, ya que únicamente se tiene su entrevista.
–Respecto a las lesiones, no se acreditó que acontecieron después de que lo amarra, ya que el dicho de la testigo fue excluido porque ingresó de manera ilegal al domicilio, por lo que el dicho del imputado cobró validez, ya que él mismo narró que esas lesiones derivaron de la agresión que él mismo repelió. Tales manifestaciones se tomaron en consideración, en vista de que se trató de la única persona que estuvo ahí, además del pasivo.
–Se reiteró que el imputado actuó en legítima defensa, puesto que estaba en su casa, aunado a que el daño causado al pasivo fue suficiente para rechazar la agresión de la que el activo estaba siendo víctima. El azadón fue proporcional, porque fue el mismo instrumento con el que el pasivo agredió al activo. Adicionalmente, el pasivo ingresó de manera fortuita y agredió, lo que evidencia que actuó en defensa de su vida y de patrimonio.
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