Rechazan quejas contra designación María José Ocampo como presidenta del Supremo Tribunal

María José Ocampo Vázquez

Bajo el argumento de que no se tenía "interés legítimo", el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó todas las impugnaciones contra la designación de María José Ocampo Vázquez como presidenta del Supremo Tribunal de Justicia (STJ) de Aguascalientes, por no haber obtenido el mayor número de votos en la pasada elección judicial.

Los inconformes, entre los cuales están la senadora morenista Nora Ruvalcaba y su correligionario el diputado Arturo Ávila, sostienen que el nombramiento de la panista no cumple con lo establecido en la Constitución de Aguascalientes, en cuyo artículo 51 se establece que la presidencia del STJ es para la persona más votada.

"La representación del Poder Judicial corresponde al Supremo Tribunal de Justicia del Estado, por conducto de la persona titular de su Presidencia, que se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quien obtenga la votación más alta, y se alternará con quien resulte la persona de mayor votación del otro género", dice la Carta Magna.

Si bien María José Ocampo Vázquez sí ganó como magistrada, quien obtuvo más votos fue el hoy magistrado Felipe Ávila Orozco, con 88 mil 635.

La explicación sobre por qué Ocampo Vázquez, hija de la excandidata presidencial Josefina Vázquez Mota, terminó como presidenta fue que, en una sesión privada, Ávila Orozo renunció a la presidencia y luego las otras dos candidatas que obtuvieron más votos también declinaron al puesto.

Frente a esto, fue que se interpusieron diversas impugnaciones, mismas que fueron rechazadas desde el Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) porque, se arguyó, los quejosos carecían de interés jurídico para revertir la designación.

Esta resolución fue apelada y después, cuando llegó a la Sala Superior del Tribunal Electoral federal, fue confirmada por unanimidad, bajo el mismo criterio. Es decir, los magistrados electorales federales consideraron que los magistrados electorales locales actuaron correctamente.

"La decisión de la persona que ocupará la presidencia del mencionado Supremo Tribunal de Justicia se relaciona con el derecho ciudadano al ejercicio del cargo, no con una fase del proceso electoral que concluyó con la toma de protesta (...) en esa medida, las posibles afectaciones al derecho de ejercer el cargo de la presidencia sólo podían ser válidamente cuestionadas por quienes, en su calidad de magistraturas, tenían derecho a ejercerlo", dice la sentencia federal.

En otras palabras, la Sala Superior consideró, también, que sólo los otros magistrados del STJ tienen interés jurídico para controvertir la designación de José Ocampo.

El magistrado Gilberto Bátiz argumentó que "sin que el hecho de que la persona que tenga más votos decline a favor de otra que también fue votada, implique una afectación a los derechos de la ciudadanía u otorgue un interés legítimo a las personas diputadas que pudieran haberla impugnado, no existe un perjuicio individual o colectivo ante estas circunstancias".

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Rechazan quejas contra designación María José Ocampo Vázquez como presidenta del Supremo Tribunal de Aguascalientes

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