Van contra la Academia Taurina por exponer a niños a violencia
El amparo interpuesto por asociaciones animalistas contra la Academia Taurina Municipal detalla los efectos de la tauromaquia para los menores de edad.
La Ley para los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Aguascalientes tanto el artículo 46 de la Ley General y el artículo 48 de la Ley local refieren a garantizarles el derecho a vivir en un ambiente en paz y en armonía libre de toda forma de violencia, por lo que la exposición a la violencia generada en dichos espectáculos al ver a un animal sangrar y morir por un determinado tiempo es una afectación directa a los menores de edad en ese momento específico de su desarrollo, ya que no cuentan con las herramientas emocionales y cognitivas para hacer frente a las situaciones ahí presentadas en una corrida de toros, así lo han determinado diversos estudios, razón por la cual el Comité de Derechos de los Niños de Naciones Unidas realizó dicha observación en el año 2014 al colocar a la tauromaquia en el apartado de violencia en contra de los niños.
"Hechos que las autoridades responsables, además de vulnerar dichos derechos mediante el otorgamiento de permisos para celebrar espectáculos taurinos, han sido omisas en su actuar para garantizar a los menores de edad dichos derechos", refiere el amparo.
De igual forma, con la celebración de corridas de toros, novilladas o rejones hay una clara violación al artículo 50 de la Ley para los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes para el Estado de Aguascalientes, en cuanto al derecho a la protección de la salud. Como se puede observar en los antecedentes y en los conceptos de violación no hay duda alguna que la carne del toro lidia después del espectáculo es destinada para el consumo humano, carne que se consume por la población en general, la cual no proviene de los métodos de sacrificio ni de lugar autorizado conforme a las normas sanitarias, poniendo así en riesgo la salud de los menores de edad. De igual forma, la autoridad responsable ha sido omisa en su actuar respecto a vigilar que se cumplan las disposiciones aplicables tanto de la Ley Federal de Sanidad Animal, como en específico la Norma Oficial Mexicana NOM033-SAG-ZOO-2014.