Este 20 de diciembre es la fecha límite para recibir el aguinaldo
La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) informa que de conformidad con la reforma a la Ley Federal del Trabajo, en México, los trabajadores que tengan una relación de trabajo subordinado a un patrón tienen derecho a recibir un aguinaldo.
El Artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo señala que es obligación del patrón pagar el aguinaldo a los trabajadores cada año antes del 20 de diciembre. Las personas trabajadoras tienen derecho a recibir una cantidad de dinero equivalente, como mínimo, a 15 días de salario.
Tienen derecho a aguinaldo los trabajadores, ya sean de base, de confianza, de planta, sindicalizados, aquellos contratados por obra, tiempo determinado, temporada, por tiempo indeterminado sujeto a prueba o sujeto a capacitación inicial, eventuales, comisionistas, agentes de comercio, de seguros, vendedores y otros semejantes.
Los trabajadores que en la fecha de pago del aguinaldo no hayan cumplido un año de prestación de servicios, o cuya relación de trabajo termine antes de la fecha límite de pago del aguinaldo, les corresponde percibir la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hayan laborado en el año calendario, cualquiera que sea dicho tiempo, independientemente de que actualmente estén trabajando para una compañía distinta.
En caso de omisión por parte del patrón, por ley, se deberá agotar una audiencia de conciliación ante el centro federal de conciliación o ante el centro local de conciliación con la finalidad de evitar juicios y pleitos jurídicos largos.
Eso significa que el trabajador debe acudir al centro de conciliación más cercano y explicar al personal que no le han pagado su aguinaldo. Ellos citarán al patrón y al trabajador con el fin de llegar a un acuerdo en el que se le pague su dinero, sin necesidad de iniciar un juicio.