Caro Quintero no puede ser extraditado a EE. UU. sin un proceso: Tribunal
Un tribunal federal ratificó que Rafael Caro Quintero, dirigente del extinto Cártel de Guadalajara, no puede ser entregado inmediatamente a Estados Unidos sin que antes haya un proceso de extradición previo.
El Segundo Tribunal Colegiado Penal en Toluca, Estado de México, desestimó la queja presentada por la Fiscalía General de la República (FGR) en contra de la suspensión definitiva que imposibilita trasladar al capo hasta que no se resuelva el amparo que promovió contra la extradición.
De acuerdo con los magistrados, la FGR impugnó un acuerdo judicial diferente al que tenía que combatir y que, además, no se encuentra en la lista de actos que pueden ser recurridos a través del recurso de queja, por lo que tenía que desecharse.
El pasado 16 de julio, Francisco Reséndiz Neri, juez Séptimo de Distrito en Amparo de Jalisco, otorgó al narcotraficante esta suspensión definitiva; sin embargo, después se declaró incompetente y turnó la demanda al Estado de México, en vista de que Caro Quintero permanece en el penal del Altiplano.
Cinco días más tarde, Abigail Ocampo Álvarez, jueza primera de Distrito en Amparo y Juicios Federales de Toluca, admitió la competencia del caso, además de aceptar a trámite la demanda y validar la suspensión de plano determinada por el juzgador con residencia en Jalisco.
A su vez, la FGR presentó una queja contra el acuerdo de la juzgadora Ocampo y no contra la determinación original del juez de Jalisco, lo que derivó en que los magistrados pertenecientes al Segundo Tribunal Colegiado Penal en Toluca desecharan la impugnación.