Tribunal declara inconstitucional la Agencia Nacional de Aduanas de México

La aduana de Manzanillo habría ejercido en facultades exclusivas propiamente del SAT.

El Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito, declaró inconstitucional el Reglamento Interior de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM), al señalar el fallo de dicho reglamento que atribuye facultades, en materia aduaneras, exclusivas del Servicio de Administración Tributaria (SAT).

La sentencia, emitida en el amparo directo 411/2023, respondió a la impugnación presentada por Arturo Eleazar Villaseñor Sánchez, fundador de Grupo Alianza Estratégica Portuaria, y que le declaró como acreedora a denuncias por vicios formales por parte del administrador de la Aduana de Manzanillo.

Los magistrados concluyeron que el administrador de la Aduana de Manzanillo carecía de competencia para aplicar sanciones basadas en la Ley Aduanera, ya que estas facultades son exclusivas del SAT, según lo establecido por el Congreso de la Unión. La resolución destaca que el Reglamento Interior de la ANAM, al otorgar atribuciones al nuevo órgano desconcentrado en materia aduanera, viola el principio de subordinación jerárquica del reglamento a la ley.

La sentencia también aclara que la impugnación de Villaseñor Sánchez no cuestiona la creación de la ANAM por decreto del presidente Andrés Manuel López Obrador el 14 de julio de 2021. Más bien, busca verificar la legalidad del Reglamento de la Agencia Nacional de Aduanas de México, asegurando que este no exceda ni contravenga la ley.

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