AMLO intervino en proceso electoral al emitir recomendaciones sobre el voto en una mañanera: TEPJF

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Por unanimidad de los magistrados, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad del pasado proceso electoral para renovar la presidencia y otros cargos, además de cometer uso indebido de recursos públicos por sus expresiones en la conferencia matutina del 10 de noviembre de 2023. 

En dicha conferencia, AMLO ofreció recomendaciones a la ciudadanía sobre cómo emitir su voto y expresó su opinión sobre la manera en la que antes se elegían a las candidaturas. Estas acciones llevaron al presidente a impugnar una sentencia de la Sala Regional Especializada del TEPJF, que le atribuía estas vulneraciones. 

En esa sentencia, la Sala Especializada determinó que el mandatario incumplió una medida cautelar dictada por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) en su acuerdo 148. 

Durante la sesión pública de este miércoles, a propuesta del magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, la Sala Superior del tribunal declaró infundados e inoperantes los agravios planteados por el presidente en su impugnación y confirmó la sentencia de la Sala Especializada. 

Los magistrados Mónica Soto, Janine Otálora, Alfredo Fuentes y Felipe de la Mata coincidieron en que la Sala Especializada realizó un análisis integral de las expresiones y del contexto en que fueron emitidas, descartando que tales manifestaciones estuvieran amparadas por la libertad de expresión y que fueran acordes con las facultades legales asignadas al servidor público. 

Asimismo, se determinó que se demostró el uso indebido de recursos públicos por parte de funcionarios de la presidencia de la República y del Centro de Producción de Programas Informativos y Especiales (Cepropie), que tienen a su cargo la infraestructura utilizada para la organización y difusión de las conferencias matutinas, específicamente la del 10 de noviembre del año pasado. 

Finalmente, el tribunal resolvió que López Obrador incumplió las medidas cautelares del INE, ya que sus expresiones, aunque diferentes a las previas, tuvieron el mismo propósito comunicativo. "Lo reprochable es que el servidor público continúe emitiendo alusiones con connotación electoral", definió la Sala Superior. 

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