Entra en vigor la reforma sobre prisión preventiva oficiosa
Durante las últimas horas del 2024, la presidenta Claudia Sheinbaum publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el decreto que oficializa la reforma el artículo 19 de la Constitución, en relación a la prisión preventiva oficiosa.
Con esta modificación, se establece que el Ministerio Público sólo podrá solicitar al juez la prisión preventiva cuando otras medidas cautelares no sean suficientes para garantizar la comparecencia del imputado en juicio, el desarrollo de la investigación, la protección de la víctima, de los testigos y la comunidad.
También se agrega al catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, como delincuencia organizada, extorsión, el tráfico de drogas sintéticas, abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, homicidio doloso y el robo de casa habitación, entre otros.
De igual manera, se contemplan aquellos delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos, delitos con armas y explosivos exclusivos del Ejército, y otros que determine la ley que van en contra de la seguridad de la nación.
El decreto entró en vigor a partir de este 1 de enero de 2025 y se eliminan todas las disposiciones que se opongan al contenido. A partir de ahora, el Congreso de la Unión tiene 180 días para armonizar el marco jurídico de las leyes.
Los congresos estatales también deberán trabajar para concretar las adecuaciones normativas y cumplir con esta nueva ley.
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