Rechaza TEPJF anular elección que otorgó el triunfo a Sheinbaum y exonera a AMLO

TEPJF

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) rechazó este lunes anular la elección presidencial que otorgó la victoria a Claudia Sheinbaum Pardo, exonerando al presidente Andrés Manuel López Obrador de intervenir sistemáticamente en el proceso a través de sus conferencias matutinas. Además, el tribunal descartó las acusaciones de que el narcotráfico operó en favor de Morena durante las campañas.

La presidenta del TEPJF, Mónica Soto, anunció que se declararon infundados los juicios de nulidad presentados por el PAN, PRI y PRD, además de desestimar el recurso interpuesto por la senadora Xóchitl Gálvez. Soto confirmó que, aunque la validación formal de la elección se llevará a cabo el próximo miércoles, ya se determinó la validez del proceso que dio como ganadora a Sheinbaum.

Durante la sesión, en la que se analizó el llamado "juicio madre" de la elección presidencial, los magistrados Mónica Soto, Alfredo Fuentes, Felipe de la Mata, Claudia Aguilasocho, Janine Otálora Malassis y Reyes Rodríguez Mondragón votaron a favor de validar la elección. Sin embargo, Otálora y Rodríguez Mondragón presentaron votos concurrentes, oponiéndose a algunos elementos de la sentencia, como la exoneración de AMLO y la desestimación del juicio de Gálvez.

El TEPJF señaló que la nulidad de una elección es la última decisión que puede tomar el tribunal, y que para ello deben existir violaciones graves, dolosas y determinantes en una competencia electoral. En este caso, el tribunal destacó que Sheinbaum ganó con una diferencia del 32.3% y más de 19 millones de votos sobre su adversaria Gálvez, superando el umbral del 5% requerido para considerar una nulidad.

El tribunal también resolvió que los juicios de inconformidad presentados por PAN, PRI y PRD carecieron de pruebas suficientes para demostrar que hubo una intervención sistemática y reiterada de López Obrador en el proceso, ni se comprobó la compra ilegal de tiempos en medios, violencia generalizada, injerencia indebida de funcionarios y gobernadores de Morena, uso indebido de programas sociales, coacción del voto, ni la indebida integración de la Sala Superior del tribunal.

En cuanto a las acusaciones sobre las conferencias matutinas del presidente, el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón señaló que, aunque se acreditaron expresiones posiblemente irregulares en 34 de las 342 conferencias analizadas, la Constitución establece que no debería haber injerencias. De cualquier modo, estas no fueron consideradas suficientes para anular el proceso.

Finalmente, el tribunal concluyó que las pruebas aportadas por los partidos de oposición no demostraron de manera clara ni cuantitativa que la violencia denunciada durante el proceso electoral impidiera una elección auténtica. El magistrado Felipe de la Mata defendió la sentencia, destacando la transparencia del tribunal al hacer pública toda la información relacionada con la calificación de la elección.

Por su parte, el magistrado Rodríguez Mondragón reconoció que la elección presidencial 2023-2024 fue un proceso de claroscuros, y que este invita a repensar el tipo de democracia electoral para el futuro de México.

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