Senado prohíbe las terapias de conversión en México

Senado prohíbe las terapias de conversión en México

El Senado de la República aprobó este viernes la prohibición y sanción de las terapias de conversión en el país, las cuales buscan cambiar la orientación sexual de las personas. 

Con 77 votos a favor, cuatro en contra y 15 abstenciones, los senadores aprobaron prohibor los llamados Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual o Identidad de Género (ECOSIG), los cuales representan una violación a los derechos humanos de las personas que integran la comunidad LGBTIQ+.

De esta forma, se reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, para establecer que aquellos que atenten contra la orientación sexual de las personas serán acreedores de sanciones, multas y hasta penas de cárcel. 

De acuerdo con el dictamen, la primera modificación establece la imposición de dos a seis años de prisión y multa de mil a 2 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), a quien realice las denominadas terapias de conversión sexual.

Para el caso de que sea el padre, madre o tutor de la víctima la persona que incurra en las conductas sancionadas, se les aplicarán las sanciones de amonestación o apercibimiento a consideración del juez.

Las sanciones aumentarán al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en contra de personas menores de 18 años, adultos mayores o personas con alguna discapacidad.

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