Suprema Corte rechaza ordenar al Comité del Poder Judicial retomar elección de jueces
En una decisión que podría impactar el proceso de selección de jueces, magistrados y ministros del Poder Judicial de la Federación (PJF), la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó revocar el acuerdo del Comité de Evaluación del PJF que suspendió actividades. Esta decisión fue tomada en acato a dos suspensiones definitivas otorgadas por jueces de Distrito, derivadas de juicios de amparo promovidos contra la reciente reforma judicial.
La determinación abre la posibilidad de que el Comité de Evaluación no cuente con el tiempo necesario para presentar una lista de candidatos a jueces, magistrados y ministros que deben ser elegidos mediante voto popular en junio próximo. La fecha límite para que los comités de Evaluación del Poder Judicial, Ejecutivo y Legislativo presenten estas listas es el 31 de enero, mientras que su entrega está programada para el 7 de febrero.
A diferencia del Comité del PJF, los comités del Ejecutivo y Legislativo han decidido no acatar las suspensiones judiciales y han anunciado que continuarán con el proceso de selección.
En sesión privada, seis ministros de la SCJN votaron en contra de las propuestas presentadas por las ministras Lenia Batres, Yasmín Esquivel, Loretta Ortiz y el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, quienes solicitaron al Pleno de la Corte ordenar al Comité de Evaluación del PJF reanudar sus actividades.
La ministra Yasmín Esquivel, en su cuenta en la red social X, expresó: "En sesión privada, el Pleno de la SCJN rechazó revocar el acuerdo del Comité de Evaluación". Desde la semana pasada, las ministras cercanas al movimiento de la autodenominada Cuarta Transformación habían presionado para que el Comité reanudara sus labores. Además, la ministra Lenia Batres exigió la destitución de los cinco integrantes del Comité.
Esquivel destacó que el Comité de Evaluación del PJF tiene facultades constitucionales limitadas: recibir expedientes de aspirantes, evaluar el cumplimiento de los requisitos legales y seleccionar a los candidatos mejor preparados para integrar los listados respectivos. En este sentido, calificó como improcedente la suspensión del proceso electoral judicial.
Esquivel también subrayó que la suspensión de actividades decretada por el Comité afecta tanto a los participantes en el proceso como a los ciudadanos que tienen derecho a elegir a los integrantes del Poder Judicial mediante el voto popular. Además, argumentó que las impugnaciones contra el proceso de elección judicial derivadas de la reforma constitucional del 15 de septiembre de 2024 son de carácter electoral y, por lo tanto, no deberían ser tratadas en juicios de amparo.
Finalmente, Esquivel recordó que la Corte, en su resolución de la acción de inconstitucionalidad 164/2024 del pasado 5 de noviembre, determinó que la materia electoral es exclusiva de la propia Constitución, lo que prohíbe que jueces de Distrito asuman competencia en este ámbito.
En sesión privada, el Pleno de la @SCJN rechazó revocar el acuerdo del Comité de Evaluación del #PJF que mantiene suspendidas sus actividades. Con 6 votos a favor, en contra votamos el Ministro Juan Luis González Alcántara, las Ministras @lorettaortiza @LeniaBatres y yo.…
— Yasmín Esquivel Mossa (@YasminEsquivel_) January 13, 2025
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