TEPJF confirma división geográfica del INE para elección judicial de 2025

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En una decisión polémica, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó, con mayoría de votos, el marco geográfico diseñado por el Instituto Nacional Electoral (INE) para la elección judicial prevista para junio de 2025. Esta determinación fue adoptada en sesión pública y contó con el voto en contra de la magistrada Janine Otálora Malassis, quien expresó discrepancias con el proyecto aprobado.

El fallo ratifica la competencia del INE como la autoridad constitucional encargada de definir la geografía electoral, incluso para elecciones de jueces, magistrados y ministros federales. Según la sentencia, las inconformidades presentadas por diversos ciudadanos carecieron de fundamento, ya que el acuerdo del INE no vulnera los derechos a votar y ser votado. En palabras de la magistrada presidenta Mónica Soto, autora del proyecto, "es inexacto que el acuerdo sea incongruente y que vulnere el derecho de las personas".

La magistrada Otálora fue la única en oponerse al proyecto, al argumentar que el marco geográfico definido por el INE genera inconsistencias y limita derechos fundamentales. "El INE equiparó indebidamente los distritos electorales legislativos con distritos electorales judiciales, cuando son conceptos distintos", explicó. En su intervención, señaló que los órganos legislativos buscan representatividad territorial mediante distritos, mientras que los juzgadores actúan de manera individual y deberían ser elegidos por toda la ciudadanía dentro del territorio correspondiente.

Otálora subrayó que la reforma constitucional busca que la ciudadanía elija directamente a sus juzgadores y juzgadoras, lo cual, a su juicio, se ve afectado por la división elaborada por el INE. "El acuerdo impugnado vulnera los derechos de las personas electoras al limitar la elección directa y la legitimidad democrática que busca esta reforma", afirmó.

La magistrada también cuestionó los ajustes realizados por el INE, los cuales, según su análisis, afectan tanto los derechos de los postulantes como el voto ciudadano al restringir las especialidades judiciales disponibles en ciertos distritos. "Esto impide que todas las personas en un circuito judicial puedan participar en la elección de quienes resolverán los asuntos dentro de ese territorio", añadió.

En conclusión, Otálora advirtió que la división geográfica aprobada por la mayoría de los magistrados del TEPJF no únicamente limita el derecho a votar, sino que pasa por alto requisitos esenciales como la residencia de los juzgadores en el territorio donde aspiran a ser electos.

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