Tribunal rechaza otorgar amparo a Florian Tudor; continuará preso y será extraditado

Florian Tudor

Un Tribunal Federal ha rechazado las pretensiones de Florian Tudor, conocido como "El Tiburón" y presunto líder de una agrupación delictiva, quien buscaba recuperar su libertad. Tudor alegó que la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) no se pronunció a tiempo sobre su extradición a Rumania.

Por unanimidad, el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito ratificó la sentencia dictada en enero de este año, en la que se negó concederle la protección de la justicia.

Según los antecedentes, el 8 de junio de 2023, un juez de control del Centro de Justicia Penal Federal, con sede en el penal de máxima seguridad del Altiplano, en el Estado de México, emitió una opinión jurídica indicando que se acreditan los requisitos que la Ley de Extradición Internacional exige para la entrega de Tudor. Sin embargo, esta opinión no es vinculante.

Posteriormente, el 2 de agosto, la defensa de Tudor solicitó al juez de control certificar el tiempo transcurrido desde la notificación y remisión del expediente a la SRE. También solicitó que, si la secretaría se encontraba fuera del plazo establecido, se decretara la inmediata libertad del ciudadano rumano.

El juez de control respondió que la extradición es un procedimiento de naturaleza administrativa seguida en forma de juicio y no de uno penal.

La representación legal de Tudor se amparó, alegando que el juez de control violentó en perjuicio de su defendido las garantías de defensa, igualdad, libertad, legalidad y seguridad jurídica, ya que adoptó una actitud pasiva ante la "evidente transgresión" por parte de la Cancillería.

No obstante, el juez de amparo declaró infundados los alegatos, lo que derivó en que Florian Tudor interpusiera un recurso de revisión, mismo que fue radicado en el citado Tribunal Colegiado.

Ahora, los magistrados del Cuarto Tribunal confirmaron el fallo de primera instancia y puntualizaron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dejado claro que la extradición es un procedimiento administrativo y no un juicio penal.

"De modo que el individuo requerido, desde ese instante, queda a disposición de dicha Secretaría en el lugar donde se encuentra recluido, para efectos de que resuelva si concede o niega la extradición y, en su caso, lo ponga a disposición del Estado requirente, para que este se haga cargo de él, es decir, ya no está a disposición de la autoridad judicial", señalaron.

El Tribunal Federal dejó claro que la SRE es la única facultada para ordenar la inmediata libertad de Tudor, o decidir si concede la extradición, cumpliendo así con el compromiso internacional de entregarlo al Estado requirente.

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