Amplios poderes para la Agencia de Energía del Estado 

Panel solar

La nueva Agencia de Energía del Estado, no solo se trata de una dependencia más, pues prácticamente es la que llevará todos los contratos, convenios con empresas privadas e incluso con empresas públicas como la CFE, para el tema energético.

Entre sus atribuciones se cuenta desde el; “Diseñar, proponer y/ o implementar instrumentos de precio al carbono; Diseñar, proponer y/ o otorgar financiamiento, subsidios y/ o subvenciones para proyectos y programas en materia de Transición Energética”; así como “Promover a nivel nacional e internacional la atracción de inversión pública y privada para proyectos del Sector Energético Estatal.

Pero entre sus atribuciones también se contarán las de “Suscribir convenios de coordinación y/ o colaboración, contratos y/ o asociaciones estratégicas con los Organismos reguladores del Sector energético mexicano, las Empresas Productivas del Estado y/ o cualquier dependencia o entidad de los tres niveles de gobierno, así como entidades internacionales que resulten necesarias, en el ámbito de sus atribuciones, a efecto de detonar el desarrollo económico sostenible en el estado”.

Además, deberá “Coordinar, constituir y participar en la creación y operación de empresas de participación estatal mayoritaria y/ o fideicomisos públicos, previstas en la Ley de Entidades Paraestatales, relacionados con el Sector Energético Estatal para la realización de infraestructura estratégica que permita las inversiones necesarias para la provisión de servicios energéticos necesarios para los sectores económicos del Estado, siempre que estas no interfieran con las facultades otorgadas en el marco normativo federal a las empresas estatales y/ o empresas productivas del estado mexicano”.

Además tendrá facultades plenas para; “Actuar como autoridad contratante, en los términos previstos en la Ley de Asociaciones Público-Privadas y Proyectos de Prestación de Servicios del Estado y Municipios de Aguascalientes y su reglamento”.

Aunado a esto, también podrá; “Participar minoritariamente en empresas de propósito específico para promover y desarrollar actividades económicas del Sector Energético Estatal, conforme a la Ley de Hidrocarburos y sus Reglamentos, la Ley de la Industria Eléctrica y su Reglamento, la Ley de Transición Energética, la Ley Federal de Competencia Económica y demás disposiciones jurídicas aplicables.

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Editor Redacción

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