Aprueban en comisiones modificar limites de velocidad
En el Congreso del Estado, dan el aval en comisiones para modificar la Ley de Movilidad del Estado y obligar a los conductores a reducir aún más la velocidad en ciertas áreas, entre otras modificaciones.
Es en la Comisión de Movilidad Sustentable, donde se aprobó la iniciativa presentada por la legisladora panista Mayra Torres, en la que, además de señalar la obligación del estado para garantizar el derecho a la movilidad segura, accesible y sostenible, se establecen límites de velocidad más restrictivos, en zonas de hospitales, asilos, escuelas, albergues, entre otros.
En específico, las reformas en cuanto a los límites de velocidad quedan de la siguiente manera:
-20 km/h en zonas de hospitales, asilos, albergues y casas hogar, así como en zonas y entornos escolares, en vías secundarias y calles terciarias; y hasta 30 km/h en zonas y entornos escolares en vías primarias y carreteras.
-El límite también será de 30 km/h en vialidades secundarias y calles terciarias.
-De 50 km/h en vialidades primarias sin acceso controlado y de 80 km/h en carriles centrales de vialidades primarias de acceso controlado.
- De 80 km/h en carreteras estatales fuera de zonas urbanas y 50 km/h dentro de zonas urbanas;
-De 110 km/h para automóviles, 95 km/h para autobuses y 80 km/h para transporte de bienes y mercancías en carreteras y autopistas de jurisdicción federal.
-Además de que se especifica que ninguna intersección, independientemente de la naturaleza de la vía, podrá tener velocidad de operación mayor a 50 km/h en cualquiera de sus accesos.
También se amplía la prohibición en el uso de celulares:
“La prohibición de hablar por teléfono celular o cualquier otro dispositivo electrónico o de comunicación, así como leer y/o enviar mensajes de texto por medio de cualquier tipo de dispositivo electrónico, salvo que se realice mediante tecnología de manos libres”.
Además de que queda prohibido también circular a baja velocidad.
“Asimismo, queda prohibido transitar a velocidad tan baja que entorpezca el tránsito, excepto en aquellos casos en que lo exijan las condiciones de las vías, del tránsito o de la visibilidad”.