Asegura OVSG que fueron 14 feminicidios y no 3 durante 2023 en Aguascalientes

Cruces en conmemoración de víctimas del feminicidio

 

El Observatorio de Violencia Social y de Género (OVSG) sostiene que fueron 14 los feminicidios suscitados en Aguascalientes durante el 2023 y no los tres que indica la Fiscalía General del Estado (FGE) a través del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

Al respecto habla Mariana Ávila, presidenta de la asociación, quien reprocha la omisión por parte de las autoridades para clasificar las muertes de mujeres registradas en el estado, a pesar de que, menciona, el protocolo de investigación para feminicidios está vigente en la entidad desde hace 7 años.

“El protocolo de investigación de muertes violentas en nuestro país marca, que así debe ser: Toda muerte violenta de una mujer en terapia intensiva o en el área de un hospital, incluso por una atropellamiento, o incluso por lo que podrían manejar mediáticamente como una riña, o cualquier otro proceso como los suicidios tendrían que investigarse como feminicidio. Y es principalmente donde hemos encontrado la resistencia. La Fiscalía desde el 2017 ya cuenta con un protocolo que marca específicamente cómo tendría que trabajar para la investigación de muertes violentas de mujeres como feminicidio. Estamos hablando de una omisión. El Observatorio contabilizó, a partir de la información mediática y también de la del Secretariado Ejecutivo, 14 muertes violentas”

Ávila Montejano añade que además de evidencia física o la forma de la muerte, deben de tomarse en cuenta indicios como el contexto social en el que se desarrollaba la víctima para realizar la investigación.

“Integrando bajo el protocolo de muertes violentas por feminicidio no que implica no solamente el el la necropsia no solamente el tema de los indicios, no solamente el raspado de uñas. Implica un análisis del contexto de violencia del contexto de violencia en los espacios cotidianos de las mujeres y esos son de los principales dictámenes que no se están integrando estos documentos”

De acuerdo con el Código Penal Federal, se debe considerar como feminicidio la muerte de una mujer cuando: 

  • La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
  • A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;
  • Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;
  • Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;
  • Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;
  • La víctima haya sido incomunicada previo a la privación de la vida;
  • El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

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