Asientos entre los 10 municipios con mayor tasa de feminicidios en lo que va del año
El municipio de Asientos se posiciona en el sexto lugar de los 48 municipios con presuntos delitos de feminicidio en enero de 2024, según señala el Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública en su Información sobre violencia contra las mujeres, con corte al 31 de enero.
Se trata del feminicidio de Brenda Lizbeth Padilla Cortés de 18 años de edad, el cual ocurrió el pasado 25 de enero en la Comunidad de Pilotos en Asientos. Así, el municipio con 26,608 (veintiséis mil seiscientas ocho) mujeres contabilizadas, se encuentra en el lugar seis, teniendo una incidencia de 3.76 feminicidios por cada 100 mil mujeres.
En el primer lugar nacional se encuentra Xochimilco, en Ciudad de México, con 3 feminicidios durante enero, es decir, 1.43 feminicidios por cada 100 mil mujeres. Por su parte, Xalapa, Veracruz, ocupa el último escaño con 0.36 feminicidios por cada 100 mil mujeres y donde se registró también 1 incidente de esta índole el mes pasado.
Sólo 48 de los 2,475 municipios que contempla el Secretariado acumulan 55 feminicidios durante el primer mes de este año, lo que representa el 2% de los ayuntamientos del país con dicha incidencia.
Estos datos se contemplan de acuerdo con el Instrumento para el Registro, Clasificación y Reporte de los Delitos y las Víctimas del propio secretariado, donde se considera como feminicidio el privar de la vida a una mujer por razones de género, lo que incluye circunstancias como:
I. Exista o haya existido entre el agresor y la víctima una relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, de matrimonio, concubinato, noviazgo o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad;
II. Exista, o haya existido, entre el agresor y la víctima una relación sentimental, laboral, escolar o cualquier otra que implique confianza, subordinación o superioridad;
III. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;
IV. A la víctima se le hayan infringido lesiones infamantes, degradantes o mutilaciones previamente a la privación de la vida, o presente marcas infamantes o degradantes sobre el cadáver, necrofilia, o éste sea mutilado;
V. Hayan existido amenazas, acoso o lesiones del agresor en contra de la
víctima, o misoginia;
VI. El cuerpo de la víctima sea expuesto o arrojado en un lugar público;
VII. La víctima haya sido incomunicada;
VIII. La víctima se encuentre en estado de gravidez; y,
IX. Todas aquellas circunstancias que no hayan sido descritas pero que sean consideradas en las legislaciones penales federales y estatales.
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