Confirma Tribunal Electoral validez de elección en Cosío, desecha querella de la alianza 

Tribunal Electoral

El Tribunal Local Electoral confirma la validez de la elección en el municipio de Cosío y desecha así las querellas interpuestas por la ex candidata de la alianza del PAN-PRI-PRD Julia Esmeralda Cardona Nava, contra el triunfo del independiente, Francisco Javier Domínguez López.

De acuerdo al expediente, fueron varias los recursos interpuestos por la abanderada tripartita, y cada uno de ellos fue desechado:

Primero aseveró que el Consejo Municipal de Cosío declaró un receso, cuando no fue así, el presidente declaró la suspensión de la sesión debido a la falta de quorum tras la renuncia de varios de los consejeros, tras afirmar que habían sido amenazados.

También se desechó la querella de que se había dado una vulneración a la cadena de custodia de los paquetes electorales lo que habría puesto en riesgo el principio de certeza de los resultados del cómputo final.

La alianza también presentó un argumento en el que señalaba que el candidato independiente y hoy reconocido con la constancia de mayoría para la alcaldía de Cosío, había rebasado los topes de campaña, el cual fue declarado como “inatendible” debido a que la Comisión de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral aún no emite el resolutivo respectivo.

Finalmente, y con respecto al error de impresión de las boletas electorales en las que se intercambió el logo de Movimiento Ciudadano con el nombre del Partido del Trabajo, el Tribunal Local Electoral determino que este error “no fue de la magnitud suficiente para generar falta de certeza en la elección”, por lo que se desechó la petición de nulidad de la elección, que pretendía la alianza del PAN-PRI-PRD.

"... En el proyecto se propone que aunque se reconoce el error, de la impresión de la boleta alegado por el partido oponente, ello no configuró una violación sustancial en el municipio de Cosío, pues aún cuando esa inconsistencia trascendió e impactó materialmente en la jornada electoral, ya que fueron esas boletas las utilizadas por el sufragio popular, no se desprenden elementos conclusivos que permitan sostener que se afectara de manera grave, trascendente y determinante, el principio de certeza en relación con el voto emitido el 2 de junio, o bien se considera de manera grave y determinante en los resultados electorales. Se toma en consideración los porcentajes de votación entre este y el primer lugar en la elección..."

Sin embargo, el Tribunal Local Electoral ordena dar vista al INE y a la contraloría interna del IEE, para que se inicien las investigaciones correspondientes sobre dicho error y se apliquen las sanciones necesarias.

"... No obstante lo anterior, aúnque que se reconoce que tal errata, no constituye una responsabilidad exclusiva del Instituto Local, toda vez que los partidos políticos tienen el deber desempeñar una función de garantes de la constitucionalidad y legalidad de los actos de las autoridades electorales, se estima conveniente dar vista al Instituto Nacional Electoral y a la Contraloría Interna del Instituto Estatal Electoral de Aguascalientes, a fin de que investiguen los hechos en cuestión y en su caso se impongan las sanciones que correspondan a quienes buscan el responsable de las acciones u omisiones relacionadas con la irregularidad en el contenido..."

Es así como los magistrados resolvieron ratificar el acuerdo del IEE, mediante el cual entregaron la constancia de mayoría al independiente Francisco Javier Domínguez López.

No obstante, se debe señalar que la alianza y su abanderada aún tienen la opción de recurrir a instancias superiores, que en este caso es la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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