Desecha Tribunal querellas contra Daniel Romo Urrutia 

Daniel Romo

El Tribunal Local Electoral, determina declarar como inexistentes dos conductas que se achacaban al alcalde con licencia y contendiente a la reelección como alcalde, el panista Daniel Romo Urrutia. 

En los dos expedientes, la denuncia fue presentada por el partido MORENA. 

En el primer caso, se acusaba a Romo Urrutia de la colocación de su propaganda en el primer cuadro de la cabecera municipal de Calvillo, lo que está prohibido por el Código Electoral. 

Dicha denuncia también fue presentada en contra del PAN; por el término de “culpa in vigilando”, es decir, que el partido es también responsable solidario, por no vigilar lo que hace su candidato o candidata. 

Sin embargo, el resolutivo del tribunal determina declarar inexistente la infracción denunciada, toda vez que las pruebas presentadas por MORENA, son insuficientes para tener por acreditados la supuesta falta. 

En el segundo expediente, también el partido guinda denunció a Romo Urrutia, también por la “Indebida e ilegal colocación de propaganda electoral en el primer cuadro de la cabecera municipal de Calvillo, en favor de la candidatura denunciada, así como culpa in vigilando”. 

En este segundo caso, el Tribunal Local Electoral también declaró la inexistencia de la falta, toda vez que, con las pruebas presentadas, MORENA no logró acreditar de manera fehaciente la existencia de los hechos denunciados. 

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