Desechan Tribunal Electoral queja de Ayuntamiento de El Llano, contra el PAN y si aspirante
El ayuntamiento de El Llano, gobernado por el PT, presentó una querella ante el Tribunal Local Electoral en contra de Marisol Herrera Ortiz, quien fuera la candidata de la coalición encabezada por el PAN a la Presidencia Municipal de dicha municipalidad.
De acuerdo al ayuntamiento petista, la infracción se trató de la colocación de propaganda electoral en el primer cuadro de la cabecera del municipio, lo que está prohibido por el Código Electoral.
Se debe señalar que la Sala Regional Monterrey, ya había ordenado reponer el proceso que ya se había juzgado.
"... La queja fue promovida por la ciudadana Ma. Estela Valadez Villalpando en su calidad de Secretaría del Ayuntamiento y directora general de Gobierno del Municipio de El Llano, en contra de Marisol Herrera Ortiz, entonces candidata a la presidencia municipal de El Llano postulada por la coalición Fuerza y Corazón por Aguascalientes por la colocación de propaganda electoral en el primer cuadro de la cabecera del municipio de El Llano..."
Y es en este nuevo resolutivo, en el que tras la comparecencia del PAN, se determinó que la oficialía electoral tiene asentamientos “que causan incertidumbre, pues si bien, existe la posibilidad de error por parte del funcionariado electoral, lo cierto es que de la lectura integral del instrumento se aprecian por lo menos seis errores, en donde la fecha que se asienta, se sitúa en una fecha futura e incierta”.
Es por esto que las discrepancias, señala el Tribunal Local Electoral, “mengua su valor convictivo, y al no obrar otros medios de prueba que corroboren el indicio ya citado, no es posible que este Tribunal Electoral tenga por debidamente acreditados los hechos denunciados en contra de la entonces candidata postulada por el PAN”, por lo que se declaró la inexistencia de los hechos denunciados.
"... Derivado de una reposición de procedimiento y con todas las constancias allegadas a las partes, la denunciada del PAN, alega modularmente que el acta de oficialia y la fe de erratas, contiene irregularidades que no permiten tener certeza de los hechos denunciados, de esta manera al analizar los elementos de prueba este Tribunal advierte que tal como lo hace valer la parte denunciada y el PAN, la oficialía electoral tiene asentamientos que causan incertidumbre, asimismo la denunciante no prueba la existencia de los hechos, pues las probanzas ofertadas deben ser respaldadas de manera que concatenados logren su perfeccionamiento y del análisis de los hechos y de las constancias que obran en el expediente, no existen elementos de prueba plenos..."
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