Eliminan prisión preventiva en Aguascalientes
En una histórica decisión, el Pleno Regional en Materia Penal de la Región Centro-Norte del Poder Judicial de la Federación ha aprobado una jurisprudencia obligatoria que elimina la prisión preventiva forzosa en 18 estados de la República Mexicana.
Esta medida permitirá que las personas procesadas por delitos con prisión preventiva de oficio puedan llevar sus procedimientos penales fuera de la cárcel, siempre y cuando obtengan amparos judiciales.
Los magistrados integrantes del pleno tomaron en cuenta las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en noviembre del año pasado, en los casos Tzompaxtle Tecpile y García Rodríguez. En dichas sentencias, la CoIDH ordenó al Estado mexicano eliminar la medida cautelar de prisión preventiva forzosa de su legislación y ajustarla a los estándares establecidos por dicho tribunal.
De acuerdo con el fallo, los jueces de amparo que reciban solicitudes de suspensión provisional contra la prisión forzosa deberán evaluar en cada caso concreto el interés social y la apariencia del buen derecho. Si se otorga la suspensión provisional, el juez de control encargado del proceso deberá programar una nueva audiencia en un plazo de 48 horas para revisar la medida cautelar y establecer una diferente a la prisión preventiva de oficio.
Entre las medidas que podrían ser consideradas se encuentran la libertad provisional, la prisión domiciliaria o el uso de brazaletes electrónicos, entre otros recursos que permitan garantizar el debido proceso y salvaguardar los derechos humanos de las personas procesadas.
La eliminación de la prisión preventiva forzosa como medida cautelar busca evitar la violación de derechos fundamentales, garantizar la presunción de inocencia y fomentar la reinserción social de las personas en proceso penal.
En el momento en que sea publicada esta jurisprudencia, será obligatoria en la Ciudad de México, el Estado de México, Nuevo León, Sonora, Coahuila, San Luis Potosí, Sinaloa, Baja California, Guanajuato, Chihuahua, Tamaulipas, Querétaro, Zacatecas, Nayarit, Durango, Baja California Sur, Tlaxcala y Aguascalientes.
La discusión se centra en la búsqueda de alternativas a la prisión preventiva forzosa. El Código Nacional de Procedimientos Penales en México contempla 14 medidas cautelares que pueden ser aplicadas en lugar de la prisión preventiva.
Algunas de estas medidas incluyen la presentación periódica ante el juez o una autoridad, la exhibición de una garantía económica, el embargo de bienes, la inmovilización de cuentas y valores, la prohibición de salir del país o de la localidad en la que reside sin autorización, la vigilancia por parte de una persona o institución, la colocación de localizadores electrónicos y el resguardo en el domicilio del imputado.