Logra amparo MOS contra comunicador

MOS

En la continuación de la historia entre el ex gobernador de Aguascalientes, Martín Orozco Sandoval y un comunicador de la entidad, la justicia federal concede un amparo al ex mandatario y ordena a un juez local volver a revisar el caso, por no tomar en cuenta pruebas presentadas por la defensa de Orozco Sandoval.

 

En este caso, se debe recordar, que un juez local ya había sentenciado al comunicador a pagar una reparación del daño por medio millón de pesos, decisión que fue impugnada por ambas partes, por un lado quien no quería pagar y por el otro, Orozco Sandoval quien consideró que era una suma muy baja.

 

Finalmente, el juez local determinó que no había daño moral, por lo que eliminó la sentencia en contra del comunicador, lo que a su vez generó la solicitud de amparo por parte del ex titular del Poder Ejecutivo, la cual le fue concedida.

 

Uno de los extractos emitidos por el juzgado federal señala:

 

El quejoso señala que la responsable se equivocó al excluir el análisis integral de todas las manifestaciones que se hicieron valer en el texto de la

sentencia como injurias, ofensas, insultos e información falsa que vertió el demandado en contra del actor aquí quejoso, bajo el argumento de que no se habían impugnado aquellas expresiones que omitió examinar el Juez Segundo Civil en el análisis de la sentencia de primer grado.

 

Es por esto que, agregan en la concesión del amparo:

 

De los preceptos transcritos, se advierte la obligación por parte de la Sala civil responsable de dar claridad, precisión y congruencia a sus fallos con la demanda, contestación y las demás pretensiones deducidas oportunamente en el juicio, decidiendo todos los puntos litigiosos que hubieren sido objeto del debate, debiendo precisar en sus sentencias las razones en que se funden, los motivos y fundamentos legales en que se apoye para dictarlas, respecto de todas las proposiciones concretas”.

 

Es por esto que finalmente, se determina conceder el amparo a Orozco Sandoval.

 

“En las relacionadas condiciones, al resultar esencialmente fundados los conceptos de violación formales, procede conceder el amparo solicitado, para el efecto de que la Sala responsable declare insubsistente la sentencia reclamada, y en su lugar dicte otra, en la que prescinda de limitar el

examen del recurso de apelación y analice con plena jurisdicción la totalidad de los puntos en que se sustentó la acción intentada por el quejoso y el acervo probatorio legalmente allegado con la finalidad de demostrarla; para que

de esta forma restituya el orden constitucional violado”.

 

Se debe señalar que esta novela apenas va en sus capitulos iniciales, y el final, será en la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que a final de cuentas, será la encargada de resolver el tema.

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