Penas por pensión alimenticia serán imprescriptibles
A partir de ahora, las deudas de pensión alimenticia que no sean pagadas por madres o padres serán imprescriptibles, luego de la reforma al Código Penal del Estado, avalada en el Congreso con 21 votos a favor.
La iniciativa presentada por la diputada del PAN, Laura Ponce, pretende que todos aquellos hijos o hijas cuyos responsables del pago de la pensión alimenticia y de manutención no lo hicieron, lo puedan hacer sin importar el tiempo que haya transcurrido. Pero no se debe olvidar que la obligatoriedad del pago también va de hijos a padres.
En este caso, la modificación es sobre el Articulo 87 del Código Penal del Estado, en donde se señala que la prescripción de la acción penal será en un plazo igual al término medio aritmético de la pena privativa de libertad que establezca la descripción típica que corresponda, pero en ningún caso será menor de tres años.
Sin embargo, se agrega que el ejercicio de la acción penal será imprescriptible, si el hecho encuadra en los tipos penales de pornografía infantil o de incapaces, violación y violación equiparada y es aquí donde se le agrega; “incumplimiento de las obligaciones de asistencia familiar”.