Personas morales tienen hasta el 31 de marzo para hacer su anual y evitar sanciones: SAT

Personas morales tienen hasta el 31 de marzo para hacer su anual y evitar sanciones: SAT

 

Luego de tres meses en el que el portal estuvo disponible para que las personas morales pudieran realizar su declaración anual, será el próximo 31 de marzo la fecha límite para cumplir con esta obligación fiscal sin algún tipo de amonestación. 

Esta declaración del Impuesto sobre la renta (ISR) comprende al ejercicio fiscal realizado desde el primero de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.

Por este motivo, Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Aguascalientes reitera la invitación a las 34,313 empresas registradas en la entidad para que cumplan con sus responsabilidades tributarias, especificando que aquellas registradas mediante el Régimen de Personas Morales con Fines No Lucrativos, debieron realizar su declaración, a más tardar, el 15 de febrero.

Laura García Paredes, administradora desconcentrada de Recaudación en Aguascalientes, asegura que para mejorar el procesos de la declaración, el SAT realiza mejoras continuas en su proceso digital, como la precarga de datos.

También para aquellos que están tributando en este régimen general, en el apartado de gastos ya van a poder encontrar un apartado denominado ‘Devoluciones, descuentos y bonificaciones’. En este apartado van a encontrar la precarga de todos aquellos comprobantes que expidieron a través de internet, tanto de ingresos como de egresos, con el método de pago en una sola exhibición y pago en parcialidades o diferido. 

En el mismo apartado, García Paredes señala que las personas morales inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) y que estén en proceso de liquidación, cuentan con un apartado de “Nómina deducible de periodos anteriores”. 

La administradora reitera la importancia de contar con el RFC (Registro Federal de Contribuyentes), contraseña y e.firma para realizar la declaración anual. Además, sugieren tener otras declaraciones al corriente.

Es muy importante que el contribuyente sepa que el requisito indispensable para presentar y enviar su declaración es contar con su firma electrónica. Y es recomendable que tenga presentadas todas sus declaraciones provisionales, de ejercicios anteriores y todas aquellas que considere que haya tenido la obligación de presentar. Esto reducirá  tiempo en la presentación de su anual.

La autoridad advierte que en caso de incumplir con la obligación, los contribuyentes pueden ser acreedores a créditos fiscales con imposición de multas y recargos. Las multas pueden ascender a los 30 mil pesos.

Para mayor información, se puede consultar la página web del Servicio: sat.gob.mx; o llamar al MarcaSAT, 55 6272 2728; opción 0, seguido de la opción 1.

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Editor Redacción

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