Preocupa a sindicatos posibles sanciones a doctores que nieguen atención médica

Luego de la reformar el artículo 158 del Código Penal del Estado de Aguascalientes, publicada en el Periodico Oficial del Estado, donde se estipulan penas a quien niegue el acceso a un hospital a cualquier persona cuya vida se encuentre en riesgo, son sindicatos de trabajadores de la salud quienes se declaran preocupados por la modificación.
Francisco Araiza Méndez, secretario general de la Federación de Sindicatos de Trabajadores del Estado y Municipios de Aguascalientes (FEDESA), sostiene que los trabajadores del Centenario Hospital Miguel Hidalgo no fueron contemplados al plantear la modificación legal y, agrega, puede tener consecuencias negativas al momento de prestar el servicio.
Se aprobó sin ninguna coma o punto de menos o de más. Entonces, realmente sí es un tema que sí rechazanos, que sí creemos que pone en riesgo la salud de los trabajadores porque el trabajador puede estar más preocupado en lo que el paciente el familiar del paciente puede llegar a opinar sobre de él que generar la atención. Entonces, sí es un tema que nosotros como sindicato, insisto, rechazamos. Sí estamos en pro de que la la atención médica mejore, pero nos preocupa que en caso de que la atención no sea la adecuada, que es mucho muy relativo, lejos de irse contra las necesidades que pueda tener un un hospital y se vayan en contra el personal.
El secretario de FEDESA apunta que derivado de la legislación publicada, el sindicato buscará alternativas para ejercer un contrapeso, y señala que el personal de salud pueda contar con un protocolo ante posibles quejas o denuncias por parte de pacientes.
Araiza Méndez agrega que el síndicato ya prepara una postura escrita para entregar a los diputados locales y no descarta la posibilidad de manifestación en el Palacio Legislativo, agrega.
Uno, ya pusimos nuestra postura. Dos, también estamos trabajando en conjunto con los médicos para que, por escrito, den una postura en el Congreso. Y tres, en caso de que llegue a haber algún tema con algún trabajador en particular, posiblemente (haya) alguna manifestación en contra del Congreso. Esperemos que no.
La fracción añadida al artículo 158 estipula sanciones de entre 6 meses a 2 años de prisión, de 20 a 50 días multa, el pago total de la reparación de los daños y perjuicios ocasionados, y la suspensión de 3 meses a 1 año al personal médico que niegue o retraso la atención de urgencias; o que habiendo prestado un servicio médico, impidan la salida del paciente o , retarden o nieguen la entrega de un cadáver.
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