Presentan iniciativa para combatir Violencia Mediática de Género

Nancy Gutierrez

Van desde el Congreso del Estado contra la Violencia Mediática contra las mujeres.

 

Lo anterior, al presentarse una iniciativa, por parte de la diputada del PAN, Nancy Gutiérrez, para modificar la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en donde se incluye tal definición.

 

De acuerdo con la iniciativa, la Violencia Mediática se define como; todo acto a través del cual, una persona utiliza cualquier medio de comunicación para la difusión de discursos de odio, sexistas, de discriminación de género o desigualdad entre mujeres y hombres, que causen daño de tipo psicológico, sexual, físico, económico, patrimonial o feminicida a las mujeres, adolescentes y niñas. La violencia mediática se ejerce por cualquier persona física o moral que utilice un medio de comunicación para producir y difundir contenidos que atenten contra la autoestima, salud, integridad, libertad y seguridad de las mujeres, adolescentes y niñas, que impidan su desarrollo y que atenta contra la igualdad. Para efectos del presente artículo se entenderá por Medios de Comunicación aquellos instrumentos, canales o formas de transmisión de la información como la prensa, radio, televisión, cine, internet, redes sociales, entre otros, los cuales son utilizados para procesar, administrar y compartir la información.

 

En la propuesta, también se señala que tratándose de violencia mediática para garantizar la integridad de la víctima, el Ministerio Público, la jueza o el juez, ordenarán de manera inmediata, las medidas de protección necesarias, ordenando vía electrónica o mediante escrito a las empresas de plataformas digitales, de medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con la investigación previa satisfacción de los requisitos de Ley.

 

Las plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas darán aviso de forma inmediata al usuario que compartió́ el contenido, donde se establezca de forma clara y precisa que el contenido será́ inhabilitado por cumplimiento de una orden judicial.

 

Asimismo, se busca establecer que, dentro de los cinco días siguientes a la imposición de las medidas de protección previstas, deberá́ celebrarse la audiencia en la que la que el juez de control podrá́ cancelarlas, ratificarlas o modificarlas considerando la información disponible, así como la irreparabilidad del daño.

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Llega iniciativa para combatir Violencia Mediática de Género

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