Prohibido, invadir estacionamientos destinados para personas con discapacidad
En abril, el Congreso del Estado llegó a un acuerdo donde se pretendía obligar a los propietarios de estacionamientos públicos o privados a respetar la validez de los cajones marcados para personas con discapacidad.
Lo anterior, con la intención de garantizar que estos espacios, comúnmente invadidos por personas que no tienen alguna discapacidad, sean verdaderamente usados para el fin que fueron diseñados.
Este 10 de junio del 2024 se publicó en el Periódico Oficial del Estado que dicho acuerdo ya es oficial. El decreto número 705 de dicha publicación señala que para lograr esta prohibición es necesario reformar el artículo 66 de la Ley de Integración Social y Productiva de Personas con Discapacidad para el Estado de Aguascalientes.
El artículo 66 ahora quedaría así: "prohíbe que, dentro de los estacionamientos privados, públicos de paga y públicos gratuitos se invadan cajones destinados al estacionamiento de vehículos en los que se trasladen personas con discapacidad por otros en los que se trasladen personas distintas a las que establece esta ley, los propietarios de los estacionamientos citados se harán acreedores a la sanción a que se refiere la fracción II".
De acuerdo al artículo 68 de dicha legislación, la sanción por incumplir con esto podría ser una multa de diez hasta mil veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA) o incluso arresto por 36 horas.
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