Si es legal la diputación plurinominal como suplente de Alejandra Peña
Con más regaños para el Tribunal Local Electoral, determina la Sala Monterrey regresar la candidatura plurinominal suplente a la regidora de MORENA por la capital, Alejandra Peña Curiel, que le había sido retirada por el tribunal local, bajo el argumento de que no había solicitado licencia a su cargo.
En este sentido, la magistrada presidenta de la Sala Regional Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, Claudia Valle Aguilasocho, señaló que fue erronea la decisión del Tribunal Local Electoral, de señalar que debió retirarse del cargo.
"... Otro de los puntos que se analizan en el proyecto, es la separación de una entonces regidora que compite en una diputación suplente de RP porque señala el tribunal que es correcto que se tenía que haber separado el cargo, no no tiene ningún deber de separación del cargo y eso es lo que también explica el proyecto, cuando se compite por una diputación de representación proporcional inclusive es es potestativo hacer campaña, y desde luego que que nos dan las condiciones bajo las cuales deje de tener una referenciación de pertenencia y anclaje con el distrito..."
FInalmente, no perdió la oportunidad para volver a regañar a los magistrados del Tribubal Local Electoral, por esta decisión, sumada a la del caso de Fernando Alférez.
"... Por qué hago mención de este de estas dos tipos de cuestiones sobre todo de la discapacidad y la prueba a partir del Tribunal. Somos garantes de derechos, pero no podemos tomarnos acciones que le corresponden a las partes, tenemos límites en nuestra actuación a los tribunales las manos nos las atan atrás de la espalda para ver de frente a la ley, de frente a las reglas, de frente a la Constitución no para que generemos escenarios que las partes no proponen porque efectivamente la garantía de la legalidad y la constitucionalidad de los procesos electorales está dada como un deber a las personas que participan por tener interés jurídico, pero particularmente a los partidos políticos como antes de interés público obligados al cumplimiento de la ley..."
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