Tumba TEEA triunfos de la elección judicial en Aguascalientes y ordena nuevos nombramientos

El Tribunal Electoral del Estado de Aguascalientes (TEEA) tumbó triunfos, regresó otros y ratifica algunos más de la pasada elección para el Poder Judicial del Estado.
Durante la sesión ordinaria de la noche de este lunes 28 de julio se dio salida a diversos expedientes sobre las impugnaciones presentadas contra los resultados de la reforma judicial, destacando el del exmagistrado presidente del TEEA, Héctor Salvador Hernández Gallegos, de quien se ratificó su inelegibilidad, por unanimidad, debido a que no cumplía con el promedio mínimo de 8 para poder ser electo, un requisito establecido expresamente en la Constitución.
Además, en cada uno de los expedientes, se aprobó un exhorto al Instituto Estatal Electoral (IEE) para que, en las próximas elecciones judiciales, emita los acuerdos necesarios para que pueda verificar el cumplimiento de todos y cada uno de los requisitos marcados en la ley.
En el primer expediente, promovido por Jorge Armando Serna Dávila por no haber sido designado para el Centro de Justicia Auxiliar, se declara la inelegibilidad de Hugo Abraham Osorio Chairez, por no haber cumplido con el requisito del promedio de 9 y de César Cisneros Ibarra, por tampoco haber cumplido con la experiencia.
Además, se declara la inelegibilidad de Guillermo Medina Monroy y de
Stephanie del Carmen Estrada Mejía, por lo que se ordena entregar las constancias de mayoría a Jorge Armando Serna Dávila y a María Guadalupe Sánchez Valdes.Otro expediente es el promovido por el quejoso Juan Sergio Villalobos Cárdenas, por no ser nombrado para el juzgado mercantil tradicional y en contra de la designación de Sandra Ivonne Galindo Delgadillo y de Nataly Jazany Melo Franco.
En este caso, se ratifica el triunfo de Melo Franco, pero se revoca el de la panista Sandra Ivonne Galindo Delgadillo por no cumplir con promedio de 9 y experiencia, y se le entrega a Juan Sergio Villalobos Cárdenas.
También hubo impugnaciones en contra de todo el proceso electoral, buscando anularlo. Una de ellas fue la de Hipólito Ramos Ruvalcaba, aspirante a juez laboral -y juez en funciones-, quien argumentó la presencia de acordeones, así como irregularidades dadas a conocer por medios de comunicación. No obstante, esta fue desechada por tener argumentos infundados e insuficientes.
Otro de los cambios en las listas de los ganadores se origina tras la querella de Alfonso Gutiérrez Hoyos e Hipólito Ramos Ruvalcaba, sin embargo, el único beneficiado fue el primero.
En este caso, el TEEA, revoca la designación de Jorge Alberto Aguirre García, quien no acreditó el promedio de 9, ni la experiencia y de Paola de Jesús López Tello de las listas de reserva, por no cumplir con la experiencia práctica.
Al respecto el magistrado Horacio López Castañeda, señala que, ante los argumentos vertidos por varios de los quejosos, entre ellos Salvador Hernández, que el IEE no tiene facultades para revisar los requisitos de elegibilidad, esto es falso, pues está establecido en la ley.
Respecto a la impugnación de la jueza en funciones Rosa María López de Lara, aspirante al juzgado en materia mixta, se ordena entregarle la constancia de mayoría, al igual que a Cynthia Araiza Hernández.
Las otras modificaciones que afectan a quienes ya habían recibido constancias de mayoría, se puede señalar que de Elías Esqueda Rivera se confirma su elegibilidad, en tanto que se ordena revocar la constancia de mayoría a René Jonathan Hernández Gaytán, por no contar con el promedio, así como de Martha Montoya Padilla. También se declara la inelegibilidad y se le elimina de las listas de reserva a Edgar Raúl Tovar Navarro.
En cuanto a las quejas de Luis Daniel García Zepeda, Felipe de Jesús Chávez Gutiérrez y Rogelio Eduardo Fernández Ramírez en contra de Héctor Alejandro Andrade Alvarado, Daniel Ramírez Gutiérrez, Guillermo Leonardo Hernández Reyes, Fernando González Fermat, Andy Nancy Sánchez Navarro, Samantha Ortiz Rodríguez y Rogelio Eduardo Fernández Ramírez por no acreditar su promedio de 9 y no tener experiencia práctica el tribunal determinó lo siguiente:
Se confirma acuerdo del IEE, sobre la elegibilidad de Daniel Ramírez Gutiérrez, Héctor Alejandro Andrade Alvarado y Fernando González Femat.
También se confirma la inelegibilidad de Claudio Azul Bañuelos Jurado y Diana Montserrat Martínez Ramos, por no tener experiencia.
Además, se ordena revocar la constancia y por lo tanto se señala la inelegibilidad de Guillermo Leonardo Hernández Reyes por no tener el promedio de calificación de 9.
Asimismo, se declaran inelegibles a Samantha Ortiz Rodríguez, Rogelio Fernández Ramírez y Andy Nancy Sánchez Navarro, por no tener experiencia y no contar con el promedio.
Además, se ordena la designación de María de la Luz Castro Palos, como juzgadora penal.
Finalmente, en el caso del expresidente del Tribunal Local Electoral, Salvador Hernández Gallegos, quien, entre varias cosas, argumentaba que el IEE no estaba facultado para revisar los requisitos de elegibilidad, sus argumentos fueron declarados como infundados e inoperantes, además de que sus argumentos se basaron en supuestos hipotéticos, se determinó confirmar la determinación del IEE, para declararlo inelegible.
De la misma manera, en el proyecto aprobado, se advierten errores por parte del IEE en su actuar, sin embargo, esto no cambia el hecho de que Hernández Gallegos incumple con el requisito de contar con un promedio no menor de 8.
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