Van por delito de maltrato infantil 

Violencia Infantil

En el Congreso del Estado se presenta iniciativa para crear una nueva figura penal, en este caso en específico de “Maltrato Infantil”. 

Se trata de una propuesta formulada por el diputado local del PAN, Max Ramírez, quien pretende que se modifique el Código Penal del Estado para incluir dicho tipo penal autónomo. 

La propuesta señala que a la persona sentenciada por este delito se le podrá aplicar una pena privativa de la libertad de los 6 meses a los 3 años de prisión. 

En su exposición de motivos, el legislador señala que en Aguascalientes solo hay datos desagregados de distintos tipos penales que castigan la afectación a menores de edad, lo que propicia una total falta de estadísticas. 

En el caso espeficico de la Procuraduría de Protección de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, informa que de enero a marzo de 2023 se atendieron 340 casos de maltrato infantil, pero no se sabe si es por violencia familiar o de otro tipo fuera de dicho nucleo. 

Por tal motivo, la propuesta para crear el aritculo 127 A, queda de la siguiente manera. 

“El maltrato infantil lo comete cualquier persona mayor de dieciocho años de edad distinta al sujeto activo previsto por los párrafos segundo y tercero del artículo 132 de este Código, que ejerza cualquier acto abusivo de poder u omisión intencional, o haga uso de la fuerza física o moral, que provoque afectación física, psicológica o emocional, a una persona menor de dieciocho años”.  

En cuanto a las penaidades, quedarían de la siguiente manera: 

“Al responsable de maltrato infantil se le aplicarán de 6 meses a 3 años de prisión, y podrán serle impuestas restricciones de acercársele a la víctima, así como a ser sometido a tratamiento psicológico para su reinserción, a criterio del juzgador”. 

También se especifican los casos en que las penalidades podrán aumentar y lo harán en dos terceras partes, cuando la victima sea menor de doce años, mujer o persona gestante, o bien cuando el sujeto activo se aproveche de una posición de confianza, autoridad, influencia, dependencia o lazo afectivo para cometerla, distinta de las relaciones de familia. 

El segundo caso que aumentará la pena, en una mitad, será cuando el victimario “se trate de un tutor contra su pupilo, el personal escolar académico o administrativo contra el alumno, el guía religioso contra su asesorado, el profesional o asistente de la salud contra el paciente; así como las personas que por motivos de procedimientos civiles o familiares tengan de forma provisional o momentánea la guarda o custodia de niñas, niños o adolescentes, en contra de éstos”. 

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Van por delito de violencia infantil 

Editor Redacción

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