Determina SCJN que padrón de agresores sexuales no sea público

Determina SCJN que padrón de agresores sexuales no sea público

 

El padrón de agresores sexuales en la Ciudad de México no será de carácter público y únicamente será consultado por autoridades encargadas de la persecución de este delito, de lo contrario se violaría el derecho de presunción de inocencia, según lo ordenado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

El Registro Público de Agresores Sexuales, el cual fue aprobado en el mes de marzo del 2020 por el Congreso de la capital.

 

Dicho registro formaba parte de una serie de reformas a las leyes de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como del Código Penal de la Ciudad de México.

 

El padrón llevaría los nombres de personas sentenciadas por delitos de feminicidio, violación, abuso y acoso sexual en contra de menores de 12 años de edad, así también actividades como la trata de personas.

 

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SCJN (706), Padrón de agresores sexuales, CDMX (229), CNDH (1687), CDH CDMX

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Determina SCJN que padrón de agresores sexuales no sea público

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