La SCJN resuelve que viudos no perderán pensión al contraer nuevas nupcias o concubinato

La SCJN resuelve que viudos no perderán pensión al contraer nuevas nupcias o concubinato

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha dictaminado por unanimidad, con cuatro votos a favor y la ausencia del ministro Alberto Pérez Dayán, que las personas viudas que contraigan nuevas nupcias o se unan en concubinato no perderán el derecho a su pensión.

La resolución se basó en el proyecto elaborado por la ministra Yasmín Esquivel, en el marco del amparo en revisión 207/2023. Se declaró la inconstitucionalidad de la medida establecida por la Ley del ISSSTE, la cual limitaba la pensión de viudez a seis meses de su importación original en caso de que la viuda o el viudo contrajera matrimonio nuevamente o se uniera en concubinato.

En su proyecto, la ministra Esquivel argumentó que condicionar la pensión a un estado civil era injustificado, ya que todas las personas tienen derecho a formar una familia. Sostuvo que negar el derecho a la pensión de una viuda o viudo al iniciar una nueva relación era contrario a los principios de igualdad y no discriminación.

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