Parejas homosexuales tienen derecho a la pensión por viudez, determina la SCJN

Pareja homosexual

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que es inconstitucional condicionar el derecho a una pensión por viudez con base en las preferencias sexuales y el sexo de las personas, como sucede en la Ley del Seguro Social vigente desde 1995, que restringe el acceso a este beneficio a personas del mismo sexo vinculadas a través del matrimonio o concubinato.


La ley contempla el derecho a la seguridad social solo para un modelo de familia tradicional, lo que genera desigualdad de trato y discriminación.

En este sentido, las autoridades competentes están obligadas a reconocer el vínculo generado entre los cónyuges o concubinos y, por tanto, a otorgar las prestaciones correspondientes, sin que la preferencia sexual o el sexo de esas personas sea una razón para su denegación.

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IMSS otorga pensión a personas del mismo sexo

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