Aguascalientes y los claroscuros de la LXV Legislatura: las reformas de fondo

La saliente LXV Legislatura

Por Adrián Flores y Daniela Lomelí

 

En la primera edición de este análisis, BI Noticias dio cuenta del trabajo desempeñado por cada diputado y diputada que formaron parte de la saliente LXV Legislatura de Aguascalientes.

 

De acuerdo al portal del Congreso de Aguascalientes, durante los últimos tres años, el Poder Legislativo recibió casi mil 600 iniciativas, sin embargo, sólo 805 de ellas terminaron en decreto*. El resto están pendientes o fueron desechadas.

 

Según la información disponible en el portal, la mayoría de las propuestas presentadas y avaladas en el congreso provinieron del Partido Acción Nacional (PAN), plataforma que dominó con mayoría el Poder Legislativo y que también es fuerza política en el Poder Ejecutivo.

 

En la pasada legislatura, cinco de cada diez iniciativas que fueron presentadas o en las que estuvieron involucrados panistas terminaron aprobándose, mientras que esa cifra para Morena apenas fue de 3 de cada 10.

 

En contraste, los partidos que contaron con un sólo representante, como el Partido Revolucionario Institucional (PRI), el Partido del Trabajo (PT) y el Partido Verde Ecologista de México (PVEM), acumularon menos iniciativas.

 

Pero, ¿qué cambios hicieron nuestros legisladores desde el 2021? De acuerdo con la información clasificada por BI Noticias, el Congreso de Aguascalientes aprobó reformas a múltiples leyes locales, algunas de ellas sumamente importantes. Las más tocadas por la actual legislatura fueron:

 

  1. Ley Orgánica del Poder Legislativo local, con al menos 57 reformas. 

  2. Constitución Política local, con al menos 50 modificaciones. 

  3. Código Penal local, con al menos 47 reformas. 

  4. Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, con al menos 30 modificaciones. 

  5. Ley de Salud del Estado de Aguascalientes, con al menos 25 reformas. 

  6. Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, con al menos 20 cambios. 

  7. Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, con al menos 20 modificaciones. 

 

Con base en la información disponible dentro del portal del Congreso, estas fueron las leyes reformadas durante los tres años de funciones:

 

LEYES LOCALES

TOTAL DE CAMBIOS ENTRE 2021 - 2024

Constitución Política del Estado de Aguascalientes

50

Código Penal del Estado de Aguascalientes

48

Ley de Protección Ambiental para el Estado de Aguascalientes

10

Ley para la Protección Especial de Adultos Mayores

5

Ley de Cooperación para el Alumbrado Público de Aguascalientes

1

Ley de Transparencia y Acceso a la Información

9

Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el Estado de Aguascalientes

20

Código Civil del Estado de Aguascalientes

17

Ley de Presupuesto, Gasto Público y Responsabilidad Hacendaria del Estado de Aguascalientes y sus Municipios

 

2

Código Fiscal del Estado de Aguascalientes

1

Ley de Hacienda del Estado de Aguascalientes

12

Ley de Víctimas del Estado de Aguascalientes

1

Ley de Patronato de la Feria de Aguascalientes

1

Ley para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Aguascalientes

9

Código Electoral del Estado de Aguascalientes

2

Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Aguascalientes

57

Ley de Agua para el Estado de Aguascalientes

6

Ley de Protección al Migrante

2

Ley Municipal para el Estado de Aguascalientes

9

Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos

54

Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes

20

Ley de Premios que otorga el Congreso de Aguascalientes

5

Ley de Educación del Estado de Aguascalientes

15

Ley del Instituto de Educación del Estado de Aguascalientes

2

Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Aguascalientes

5

Ley para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia Escolar en el Estado de Aguascalientes

 

3

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

11

Ley de Salud del Estado de Aguascalientes

25

Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Aguascalientes

10

Ley de Integración Social y Productiva de Personas

5

Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes

6

Ley de Protección a los Animales para el Estado de Aguascalientes

7

Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes

30

Ley de Instituciones Asistenciales para Niñas, Niños y Adolescentes

1

Ley de Desarrollo Social para el Estado de Aguascalientes

8

Ley del Sistema Estatal de Asistencia Social y de Integración Familiar del Estado de Aguascalientes

 

3

Ley de Videovigilancia del Estado de Aguascalientes

3

Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública del Estado de Aguascalientes

10

Ley Orgánica de la Escuela Normal de Aguascalientes

1

Ley para la Atención y Prevención de la Desaparición de Personas en el Estado de Aguascalientes

 

6

Ley de Mejora Regulatoria y Gestión Empresarial del Estado de Aguascalientes

4

Ley Orgánica de la Fiscalía General del Estado de Aguascalientes

5

Ley de Seguridad y Servicios Sociales

3

Ley del Procedimiento Contencioso y Administrativo del Estado

2

Ley de Responsabilidad Patrimonial del Estado de Aguascalientes

4

Ley de Expropiación para el Estado de Aguascalientes

1

Ley de Fiscalización Superior del Estado de Aguascalientes

2

Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Aguascalientes

3

Reglamento Interior del Poder Legislativo

1

Ley de Desarrollo Pecuario del Estado de Aguascalientes

7

Ley de Cambio Climático para el Estado de Aguascalientes

7

Ley de la Juventud para el Estado de Aguascalientes

4

Ley para la Protección y Fomento de Patrimonio Cultural

5

Ley para la Administración y Enajenación de Bienes

1

Ley de Procuraduría Estatal de Protección al Ambiente

5

Ley de Protección contra la Exposición al Humo de Tabaco

2

Ley del Instituto de Vivienda Social

2

Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Aguascalientes

12

Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal

12

Ley para el Fomento a la Economía, la Inversión y el Empleo para el Estado de Aguascalientes

 

5

Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados

2

Ley de Fomento para el Desarrollo de los Jóvenes Emprendedores

2

Ley para el Control de las Entidades Paraestatales

4

Ley para Erradicar la Violencia Escolar

3

 

Tabla elaborada con información del Congreso de Aguascalientes, con corte a agosto 2024. No se muestra la totalidad de las iniciativas avaladas (decretos) ni todas las leyes existentes para el estado de Aguascalientes. 

 

Las reformas constitucionales de Aguascalientes: ¿qué cambió?

 

Una de las legislaciones que sufrió más cambios fue la Constitución Política de Aguascalientes y eso sólo se logró gracias a la mayoría con la que cuenta el propio PAN dentro del Congreso, así como con su alianza: PAN-PRI-PRD, e incluso con el apoyo de la oposición de algunos morenistas. 

 

Durante los primeros meses de la legislatura, se aprobaron reformas en diversos artículos para reconocer en Aguascalientes “el respeto a la dignidad humana es la base de los derechos humanos” y que todas las personas gozarán “de los derechos humanos reconocidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”. También se aprobó una reforma para establecer que “toda persona tiene derecho a la salud y al acceso a los servicios de salud conforme a los criterios de la universalidad, igualdad e inclusión”.

 

Después, entre otras cosas, se modificó el requisito de edad para que una persona pueda acceder al cargo de diputado local, una vez que cumpla los 18 años.

 

Los diputados también se encargaron de considerar como de interés público el preservar la vida e integridad física de las personas titulares del Poder Ejecutivo Estatal, de la Fiscalía General del Estado, así como de las presidencias municipales. Para ello, se deben garantizar las medidas de seguridad y protección adecuadas y suficientes que determine el Consejo del Sistema Estatal de Seguridad Pública, durante el tiempo que duren en el cargo.

 

Ya en 2023, el trabajo legislativo se enfocó en la consolidación de una reforma al Poder Judicial Estatal, a propuesta de Tere Jiménez. Dicha propuesta fue aprobada en fast track. Entre lo más destacable del proyecto estuvo la creación del Tribunal de Justicia Administrativa, el cual se conformó por cinco magistrados (algunos muy cercanos al Poder Ejecutivo): Marcos Javier Tachiquín Ruvalcaba, Norma Angélica Morquecho Damasco, David Ángeles Castañeda, María Guadalupe Gallegos León y Jaime Gerardo Beltrán Martínez, exsecretario del ayuntamiento de Aguascalientes en la administración del panista Leonardo Montañez Castro. Ángeles Castañeda también colaboró con el edil. Fue su director de Reglamentos municipal.

 

Siguiendo con reformas relacionadas a la impartición de justicia, el Congreso de Aguascalientes aprobó la ampliación del cargo de sus fiscales, quienes permanecerán en sus funciones hasta por siete años. El actual fiscal del estado, Jesús Figueroa Ortega, concluye sus labores en febrero del 2025, por lo que su sucesor durará hasta el 2032, ya en el próximo gobierno estatal. Además, se establecieron facultades para las policías preventivas municipales y de los ayuntamientos para prevenir la violencia contra las mujeres.

 

Entre otros cambios constitucionales, están las reformas a las facultades de la gobernadora de Aguascalientes. Ahora, la Constitución local establece que la mandataria tiene la facultad de “fomentar, promover e impulsar valores sociales y políticas públicas destinadas a fortalecer el desarrollo armónico de la familia como núcleo de la sociedad” y de regir al Poder Ejecutivo “bajo el principio de gobierno abierto”.

 

Finalmente, los diputados impulsaron reformas para prohibir la discriminación, impulsar la investigación científica y señalar como un derecho el saneamiento del agua utilizada para consumo personal y doméstico. 

 

Reformas hacia adentro

 

Las y los diputados salientes también enfocaron una gran parte de su trabajo en reformar la Ley Orgánica del Poder Legislativo, es decir, la que regula sus propias obligaciones.

 

Una de las primeras reformas que se hizo a esta legislación, estableció que el Congreso de Aguascalientes debía implementar “mecanismos que garanticen la transparencia, la máxima publicidad, el derecho al acceso a la información, la apertura gubernamental, la participación ciudadana y la rendición de cuentas”.

 

También se permitieron la facultad de “guardar reserva de información a la que acceda en el ejercicio de su función y que sea clasificada como reservada o confidencial en términos de lo previsto en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública”.

 

Además, la reformada ley establece -en su artículo 152 TER-  que el Congreso del Estado “establecerá el observatorio ciudadano legislativo como un mecanismo de evaluación objetiva del desempeño legislativo de los Diputadoscon base en varios aspectos: de eficiencia y transparencia legislativa; de eficiencia presupuestal y fiscalización, y de impacto social. BI Noticias no encontró registros o resultados ofrecidos por el mencionado observatorio.

 

Entre otros cambios, los legisladores crearon dos nuevas comisiones: la de Seguridad Pública y Protección Civil y la de Movilidad Sustentable y Transporte, las cuales quedaron en manos de las diputadas María de Jesús Díaz Marmolejo -hoy senadora de Aguascalientes- y Mayra Guadalupe Torres Mercado, ambas del blanquiazul. 

 

El punitivismo del Código Penal

 

Otra de las legislaciones más reformadas de Aguascalientes durante la LXV Legislatura fue el Código Penal local, desde donde se hicieron cambios de corte punitivo, y no cambios estructurales de fondo de tipo preventivo.

 

Al menos así lo considera el profesor e investigador Edgar Guerra, quien explica que las reformas realizadas al Código Penal tienen que ver más con miedos sociales que con soluciones para reducir problemas sociales.

 

En entrevista con BI Noticias, el Doctor en Sociología por la Universidad de Bielefeld explicó que las reformas penales como la del “halconeo”, la prohibición de narcocorridos -corridos con apología a la violencia- en el transporte público, la de portación de armas blancas, o la más reciente, la de la asociación delictuosa, tenían “un impronta sumamente punitivista”.

 

Y el punitivismo, agregó, “se entiende como aquellas políticas de seguridad que tienen como objetivo responder a ciertos miedos sociales, pero que al mismo tiempo son políticas muy poco cuidadas, políticas que no van al fondo del asunto. Es decir, no atacan esos problemas o esas problemáticas que de alguna u otra manera permiten entender por qué hay este tipo de delitos. Son más bien políticas efectistas, que tratan de resolver ese problema con fines electorales sin que se vayan a las causas”.

 

Agregó que las políticas y reformas punitivas pueden generar profundos daños sociales, como por ejemplo, etiquetar y estigmatizar a poblaciones vulnerables.

 

Como ejemplo, retoma la reforma de la asociación delictuosa, que estableció cambios en los artículos 116, 149 y 178 del Código Penal estatal, donde se introdujo esta figura de tipo penal y que supone que si tres o más son detenidos cometiendo un delito, se les podrá juzgar como integrantes de una banda delictiva. Ello implica penas mayores a lo que sería si no fueran miembros de una “banda” o “asociación”.

 

Advierte que cuando se analizó esta figura, resultó ser “ambigua”, pero que además se contradecía y contraponía a la de “delincuencia organizada” y que “esta hacía que, al ser ambigua, puede interpretarse de manera arbitraria, y esa interpretación arbitraria normalmente cae en la criminalización de grupos vulnerables, como pueden ser jóvenes o personas en situación de calle”.

 

“Entonces, creo que ese tenor de buscar políticas que fueran efectistas, que respondieran a una necesidad de la sociedad en términos electorales, hace que haya este tipo de modificaciones que no van necesariamente al fondo del asunto y que, además, terminan teniendo problemas o efectos negativos, como puede ser la propensión a encarcelar a otro tipo de poblaciones que no necesariamente son las que cometen este tipo de actos” añadió.

 

Incluso, desde su punto de vista, las reformas penales como la asociación delictuosa o la prohibición de ciertas armas blancas, no sólo tienen tintes electorales, sino que detrás cargan una agenda ideológica conservadora.

 

En esta legislatura, también se hicieron cambios contrarios a la postura ideológica “provida” del PAN. En 2023 se reformaron los artículos 101, 102 y 103, para permitir el aborto hasta antes de las 12 semanas de gestación. Esto fue una respuesta ante el llamado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la despenalización del aborto en Aguascalientes.

 

Luego, ante el descontento y la desaprobación del panismo local, justo antes de terminar la legislatura, las y los diputados aprobaron otras reformas al Código Penal de Aguascalientes que redujeron de 12 a 6 semanas el tiempo para que una mujer pueda interrumpir su embarazo de manera legal.

 

Otras reformas al Código Penal de Aguascalientes se hicieron para regular el tema de peleas de perros, la pornografía infantil, la corrupción de menores, así como el incremento de algunas penas de cárcel por otros delitos.

 

Al respecto, explicó que crear “nuevos delitos e imponer nuevas penas, no necesariamente significa que habrá una disminución de los delitos, porque no sabemos siquiera si las personas que son encarceladas son realmente culpables”, concluye, esto porque el sistema de justicia en México todavía tiene grandes deficiencias al momento de investigar.

 

Si bien la LXV legislatura ya se despidió, en la LXVI nueve de las 27 diputaciones entrantes son en realidad legisladores reelectos. Las y los diputados que se quedarán con su cargo son:

 

  • Laura Patricia Ponce Luna (PAN)

  • Adán Valdivia López (PAN)

  • Alma Hilda Medina Macías (PAN)Jedsabel Sánchez Montes (PAN)

  • Nancy Jeanette Gutiérrez Ruvalcaba (PAN)

  • Emanuelle Sánchez Nájera (PRD)

  • Salvador Maximiliano Ramírez Hernández (PAN)

  • Genny Janeth López Valenzuela (PVEM)

  • Ana Laura Gómez Calzada (Morena) 

 

Infancias, movilidad y violencia contra las mujeres

 

En materia de los derechos de las infancias de Aguascalientes, se reformó para establecer algunas modificaciones: 

 

  • El DIF Estatal establecerá los requisitos para autorizar y supervisar los centros de asistencia social en el Estado. 

  • Los centros de asistencia social deberán cumplir los requisitos que garanticen dimensiones físicas adecuadas, acordes al diseño universal y para el acogimiento residencial de niñas, niños y adolescentes, con las medidas de seguridad y protección necesarios. 

  • Establecer los principios rectores y criterios que orientarán la política pública en el Estado de Aguascalientes en materia de derechos de niñas, niños y adolescentes.

  • El interés superior de la niñez deberá ser considerado de manera primordial en la toma de decisiones.

  • El reconocimiento del Ciberbullying como forma de violencia. 

  • Garantizar que niñas, niños y adolescentes sean adoptados con pleno respeto de sus derechos, de conformidad con el principio de interés superior y no mediando intereses particulares o colectivos que se contrapongan al mismo. 

 

En el caso de la Ley de Movilidad del Estado de Aguascalientes, se reformaron artículos para establecer diversas acciones: 

 

  • Los t

    axis, camiones urbanos y grúas que circulen por la entidad sean modelos no mayores de seis, diez y quince años respectivamente, tomando en cuenta el año de fabricación.

  • Otorgar apoyos, subsidios o subvenciones para estimular o mejorar la prestación del servicio de transporte público en el Estado.

  • La CMOV, en coordinación con la SOP y la SEPLADE, integrarán la planeación territorial y urbanística con la de movilidad, desarrollando mecanismos de coordinación y cooperación administrativa, para mejorar la eficiencia de los diferentes sistemas de movilidad.

  • El sistema de movilidad debe contar con las condiciones necesarias que protejan al máximo posible la vida, salud e integridad física de las personas en sus desplazamientos por las vías públicas.

  • Para garantizar la movilidad segura y reducir muertes y lesiones graves por siniestros de tránsito, deberán asumir mayor responsabilidad subjetiva, en la forma de transitar, las personas usuarias de vehículos motorizados. 

  • Para los operadores de los camiones urbanos: No podrán utilizar audífonos durante el servicio. En cuanto al aparato de sonido, su volumen no podrá superar los 60 decibeles, de tal forma que el operador pueda escuchar el timbre, indicaciones diversas de los pasajeros y sonidos propios de la circulación del tránsito. De igual modo, queda prohibido transmitir o reproducir material audiovisual que promueva la cultura de la violencia, haga apología del delito o cosifique a la mujer

  •  

Otra de las leyes que se trabajaron de manera constante en la LXV Legislatura es la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, problemática que destaca en la entidad. Algunas de las adiciones y reformas a esta ley fueron: 

 

  • La definición de una persona agresora, que es “aquella que inflige cualquier tipo de violencia contra las mujeres”.

  • El reconocimiento de las órdenes de protección como “actos de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, son fundamentalmente precautorias y cautelares, y deberán otorgarse de oficio o a petición de parte, por el Ministerio Público, los jueces mixtos, jueces cívicos, jueces de lo penal, civil y familiar, según corresponda”. También se ampliaron las posibilidades para la emisión de órdenes de protección. 

  • El reconocimiento y definición de la violencia sexual, psicológica, vicaria, digital, económica y laboral. En el caso de la violencia doméstica, también se incluyen acciones como: la captura, Producción, Manipulación o Alteración de Imágenes o grabaciones, con la finalidad de acosar, hostigar, intimidar o amenazar a mujeres por cualquier medio.

  • El embargo preventivo de bienes de la persona violenta, que deberá inscribirse con carácter temporal en el Registro Público de la Propiedad, a efecto de garantizar sus obligaciones alimentarias. 

 

Las "olvidadas"

 

Si bien muchas leyes y fueron tocadas durante esta legislatura, otras no fueron contempladas por el congreso local saliente, ya que, de acuerdo con la información mostrada en el portal de internet, existen algunas donde no se realizó ningún tipo de modificación en ellas, incluso desde hace varios años.

Algunas de las leyes que se olvidaron en el tintero legislativo y que no han sufrido cambios desde hace años, son: 

 

  • La Ley de Voluntad Anticipada para el Estado de Aguascalientes, que fue reformada por última vez en 2009, año de su creación. 

  • La Ley del Sistema de Justicia para Adolescentes del Estado de Aguascalientes, con una última reforma en 2013. 

  • La Ley para Prevenir y Sancionar la Tortura en el Estado de Aguascalientes, que no ha sido reformada desde 2016. 

  • La Ley para Evitar el Desperdicio de Alimentos en el Estado de Aguascalientes, con su última actualización en 2017. 

  • La Ley que Regula la Venta y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Estado de Aguascalientes, que no ha sido reformada desde 2017. 

  • La Ley de Fomento para el Desarrollo Forestal Sustentable para el Estado de Aguascalientes. Su última reforma fue en mayo del 2019. 

  • La Ley de Promoción a la Lectura, el Libro y las Bibliotecas para el Estado de Aguascalientes, con su última modificación en 2020. 

*Según lo publicado en el propio portal. Las cifras pueden variar según lo que reportó al portal cada diputado y diputada

 

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LXV Legislatura, Congreso del Estado, Aguascalientes, Reformas constitucionales, BI Noticias

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Aguascalientes y los claroscuros de la LXV Legislatura: las reformas de fondo

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