Aprueba Suprema Corte tope máximo a comisiones que cobran las Afores
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha aprobado el tope máximo del 0.57% de comisión que las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores) pueden cobrar a los trabajadores por administrar sus ahorros destinados al retiro.
Según fuentes judiciales, en una sesión privada, cuatro ministros votaron a favor del proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa, quien sugirió otorgar el amparo a la Afore Sura, asegurando así la permanencia de dicho tope.
Este tope máximo fue establecido por el Congreso de la Unión en noviembre de 2020, como parte de una reforma impulsada por el gobierno federal.
La sentencia emitida por la Corte revoca un fallo anterior dictado el 6 de octubre de 2022 por un juzgador federal, quien había desestimado el oficio atribuido a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria y concedido el amparo contra el artículo 37, párrafo octavo, de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Esta determinación había sido extendida al acuerdo y aviso reclamados.
En su proyecto, la ministra Esquivel Mossa señala que el Congreso de la Unión, en ejercicio de su facultad constitucional para legislar en materia de seguridad social, decidió modificar el sistema de comisiones en beneficio de los trabajadores.
Asimismo, destaca que es responsabilidad del Estado garantizar el derecho a la seguridad social, especialmente en lo que respecta a la protección de las personas en su vejez. Esta función se cumple regulando el sistema de ahorro para el retiro a través del esquema financiero que se considere más conveniente para asegurar la protección de los recursos que los trabajadores obtendrán al jubilarse.
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