Elección judicial: presidenta del Tribunal Electoral plantea que el Senado releve al Comité del PJF

 presidenta del Tribunal Electoral plantea que el Senado releve al Comité del PJF.

Ante la negativa del Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación a reanudar el proceso de selección de candidaturas a las elecciones judiciales del próximo 1º de junio, la presidenta del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Mónica Aralí Soto Fregoso, planea retirar a ese comité la facultad de designar a las candidaturas, y de encargarla a la Mesa Directiva del Senado, que lo haría por insaculación.

En un proyecto de resolución difundido en la noche de este domingo, Soto planteó que ya no hay tiempo para que el Comité de Evaluación del Poder Judicial de la Federación termine el proceso de selección este 31 de enero, por lo que estimó “válido que la Mesa Directiva del Senado de la República implemente las medidas necesarias para establecer este procedimiento de insaculación pública”, al que aplicarán las personas que llegaron al “listado depurado” del comité de evaluación.

En caso de aprobarse en sesión de la Sala Superior lo cual es probable, pues Soto encabeza el bloque mayoritario de 3 magistrados, del TEPJF daría 24 horas a la Mesa Directiva del Senado para determinar las áreas y los funcionarios autorizados, así como el lugar, fecha y hora para realizar el proceso de insaculación pública, “únicamente respecto de aquellos cargos en los que existan más postulantes del número de duplas o ternas que corresponda”.

Con esta medida, Soto eleva el tono en la lucha que cimbró el Poder Judicial de la Federación a raíz de la reforma judicial, implementada por el expresidente Andrés Manuel López Obrador.

La fisura llegó al punto de quiebre con el caso del Comité de Evaluación: en un primer momento, esa instancia acató las órdenes de jueces federales de Michoacán y Jalisco que le instruyeron detener el proceso de selección; en reacción, la Sala Superior del TEPJF le dio la contraorden de reanudar el proceso en un plazo de 24 horas, so pena de recibir una medida de apremio.

Los jueces de amparo sostienen que el TEPJF no tiene facultades para revocar amparos; el TEPJF, por su parte, plantea que es la única autoridad competente respecto a la elección de jueces, por lo que las resoluciones de los jueces de amparo no tienen efecto.

El pasado jueves 23, el Comité de Evaluación planteó que se enfrentaba a una contradicción, y pidió a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que le indicara a qué instrucción obedecer.

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