SCJN definirá si atrae amparos de implicados en ataque contra María Elena Ríos
Tras casi siete años del ataque con ácido contra la saxofonista y activista María Elena Ríos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) decidirá el próximo 13 de mayo si atrae los amparos promovidos por las personas señaladas de participar en la agresión, entre ellos el exdiputado priista Juan Antonio Vera Carrizal.
La solicitud fue presentada por Carmen Lucía Sustaita Figueroa, titular de la Unidad Especializada en Asuntos Jurídicos de la Fiscalía General de la República (FGR), quien pidió al máximo tribunal ejercer su facultad de atracción para revisar los recursos legales interpuestos por los presuntos implicados, los cuales buscan revertir los procesos penales iniciados en su contra.
La petición fue admitida a trámite el pasado 14 de abril, cuando la presidencia de la Corte notificó el acuerdo mediante listas oficiales. Ahora corresponderá al Pleno determinar si asume el análisis de los cinco amparos en revisión que actualmente se encuentran en un Tribunal Colegiado con sede en Oaxaca.
De aprobarse la atracción, los expedientes serán turnados a un ministro encargado de elaborar un proyecto de sentencia que deberá discutirse en un plazo menor a tres meses.
La FGR busca que la Corte establezca criterios sobre la interpretación del artículo 138 del Código Nacional de Procedimientos Penales, particularmente en relación con la emisión de providencias precautorias y la manera en que los jueces de control deben valorar pruebas con perspectiva de género en casos de delitos cometidos contra mujeres, como tentativa de feminicidio.
Asimismo, la petición plantea resolver si un órgano jurisdiccional sustituto tiene facultades para redactar una sentencia basada en actuaciones orales desarrolladas ante otro juez, en casos donde el Tribunal de Enjuiciamiento original haya sido suspendido o inhabilitado.
El caso de María Elena Ríos se remonta al 9 de septiembre de 2019, cuando fue atacada con ácido en su domicilio en Huajuapan de León, Oaxaca, sufriendo lesiones graves en el rostro y gran parte del cuerpo.
La saxofonista señaló como autor intelectual a su entonces pareja, Vera Carrizal. En la investigación también fue relacionado su hijo, Juan Antonio Vera Hernández, quien permanece prófugo de la justicia.
En 2020, Vera Carrizal se entregó a las autoridades y quedó sujeto a prisión preventiva. También fueron detenidos Rubicel Hernández Ríos y Rubén Loaeza Chárrez, identificados como probables autores materiales.
Sin embargo, el 14 de agosto de 2024, el juez José Gabriel Ramírez Montaño absolvió a Vera Carrizal y a los otros dos imputados del delito de tentativa de feminicidio.
La Fiscalía General del Estado de Oaxaca condenó públicamente la resolución y anunció que apelaría el fallo, al considerar que existían pruebas suficientes sobre la participación de los acusados en el ataque.
Horas después de la absolución, el Poder Judicial de Oaxaca informó que la jueza sustituta María Antonia Esteva Domínguez dejó sin efectos la boleta de libertad emitida a favor de los imputados, por lo que estos no recuperaron su libertad.
En enero de 2025, Vera Carrizal fue trasladado a un hospital debido a una afección cardíaca y, desde entonces, no ha regresado a prisión.
El caso provocó indignación nacional y se convirtió en uno de los principales referentes en la lucha contra los ataques con ácido hacia mujeres en México.
A partir de su experiencia, María Elena Ríos impulsó activamente reformas legales para tipificar este tipo de agresiones como tentativa de feminicidio. De ese movimiento surgió la llamada Ley Malena, aprobada en la Ciudad de México en febrero de 2024 y promovida posteriormente en distintas entidades del país para endurecer sanciones y garantizar atención integral a las víctimas.
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