SCJN mantiene pendiente definición sobre prisión preventiva oficiosa; nueva integración deberá fijar criterio

Cárcel

La definición sobre el futuro de la prisión preventiva oficiosa continúa como uno de los asuntos más relevantes y pendientes dentro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que hasta el momento no ha establecido una fecha para resolver el alcance constitucional e internacional de esta medida cautelar.

El debate permanece sin resolución desde 2024, cuando la anterior integración del alto tribunal analizaba proyectos que proponían declarar inconstitucional la aplicación automática de esta figura, aunque sin ordenar la liberación inmediata de las personas sujetas a proceso.

La propuesta consistía en que, en cada caso, el Ministerio Público justificara ante el juez la necesidad de mantener a una persona privada de la libertad de manera preventiva.

Con la renovación del máximo tribunal, los expedientes quedaron ahora bajo responsabilidad de las ministras María Estela Ríos González y Yasmín Esquivel Mossa, quienes deberán elaborar nuevos proyectos de sentencia para definir el rumbo del tema.

El debate ocurre luego de que, en 2022 y 2023, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) resolviera que la prisión preventiva automática resulta incompatible con la Convención Americana sobre Derechos Humanos al considerar que vulnera principios como la presunción de inocencia y el derecho a la libertad personal.

Estas determinaciones fueron emitidas dentro del Caso Tzompaxtle Tecpile y otros contra México y el caso García Rodríguez, mediante los cuales el tribunal internacional condenó al Estado mexicano por mantener tanto la prisión preventiva oficiosa como la figura del arraigo y ordenó adecuar el marco normativo.

Sin embargo, uno de los principales obstáculos jurídicos es que la prisión preventiva automática se encuentra prevista directamente en el artículo 19 de la Constitución mexicana, donde se establece un catálogo específico de delitos para los que procede de manera obligatoria.

En julio de 2024, durante la presidencia de la ministra Norma Piña Hernández, la SCJN acordó suspender la resolución de todos los amparos relacionados con la constitucionalidad de esta figura hasta que el pleno emitiera una definición general sobre su alcance frente a los compromisos internacionales del Estado mexicano.

Antes de la renovación del tribunal ya existían proyectos elaborados por los entonces ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Mario Pardo Rebolledo.

La propuesta de Ortiz Mena planteaba invalidar el segundo párrafo del artículo 19 constitucional que establece la prisión preventiva oficiosa para determinados delitos.

Por su parte, el proyecto de Pardo Rebolledo proponía dejar de aplicar automáticamente esta medida, rechazar el arraigo y ordenar investigaciones independientes cuando existieran denuncias por tortura.

El debate también generó posiciones encontradas fuera del Poder Judicial.

Un mes antes del acuerdo de suspensión emitido por la Corte, los 32 gobernadores del país entregaron un documento Amicus Curiae para advertir sobre los efectos que, a su juicio, tendría eliminar esta medida cautelar.

Los mandatarios estatales solicitaron mantener la supremacía constitucional y señalaron que una eventual eliminación podría impactar en la seguridad pública.

Posteriormente, en julio de 2025, la Consejería Jurídica de la Presidencia pidió retirar el asunto de la lista para que fuera la nueva integración de la Corte quien definiera el criterio definitivo.

En medio de la discusión también surgieron cuestionamientos sobre la participación de algunas ministras.

En enero de este año, la SCJN determinó que la ministra Yasmín Esquivel podía participar en el caso relacionado con Daniel García Rodríguez, pese a señalamientos sobre declaraciones previas emitidas en 2022.

Un mes después, el pleno concluyó que tampoco existía impedimento para que la ministra María Estela Ríos participara en la discusión sobre el cumplimiento de las sentencias emitidas por la Corte IDH.

El caso de Daniel García Rodríguez se convirtió en uno de los principales referentes del debate, luego de permanecer 17 años en prisión sin sentencia definitiva y obtener posteriormente su libertad para continuar el proceso.

Actualmente, la Suprema Corte mantiene pendiente resolver tanto el cumplimiento de las sentencias internacionales como los amparos relacionados con esta figura jurídica.

El artículo 19 constitucional contempla prisión preventiva oficiosa para diversos delitos, entre ellos delincuencia organizada, homicidio doloso, feminicidio, secuestro, violación, trata de personas, extorsión, desaparición forzada, delitos relacionados con armas exclusivas del Ejército, terrorismo, delitos vinculados con hidrocarburos, drogas sintéticas y otros considerados de alto impacto.

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