SCJN posterga discusión de proyecto que permitiría a Mario Aburto recuperar su libertad

Mario Aburto

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha decidido aplazar la discusión del proyecto que proponía declarar fundado un recurso de reclamación interpuesto por Mario Aburto Martínez. Este proyecto, de haber sido aprobado, habría conducido a la liberación de Aburto después de casi tres décadas tras las rejas por el homicidio del candidato del PRI a la Presidencia de la República, Luis Donaldo Colosio.

Según fuentes judiciales, el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá solicitó durante una sesión privada más tiempo para revisar el proyecto presentado por la ministra Margarita Ríos Farjat. La fecha para la sesión pública aún está pendiente de determinarse.

La Sala no ha especificado si el asunto será discutido en la próxima sesión, programada para el 20 de marzo, tres días antes de que se cumplan 30 años desde el homicidio de Luis Donaldo Colosio y de que Mario Aburto cumpla tres décadas en prisión.

El proyecto de la ministra propone rechazar el recurso de revisión presentado por la Fiscalía General de la República (FGR), argumentando que no plantea cuestiones de constitucionalidad que deban ser revisadas por la Corte. La Fiscalía busca revertir la sentencia que otorgó un amparo a Mario Aburto.

Asimismo, se destaca que las revisiones son eventos excepcionales y deben cumplir ciertos requisitos, ya que no todo lo concedido por un Tribunal Federal puede ser revisado.

Además, se señala que la sentencia emitida por el Tribunal Colegiado se basó en criterios vigentes en 2010 y 2013, establecidos por la Corte, que indican que, en casos de delitos conexos, los jueces federales pueden juzgar tanto delitos federales como locales, sin que esto convierta automáticamente un delito local en uno federal.

La FGR busca anular la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, que otorgó un amparo a Mario Aburto y ordenó al Primer Tribunal Colegiado en Materia de Apelación del Estado de México revocar la sentencia de 45 años de cárcel y dictar una nueva, considerando la pena máxima contemplada en el Código Penal de Baja California en 1994, que era de 30 años por el delito de homicidio, dado que no puede ser juzgado como delito federal.

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