Se enfrentan Norma Piña y Lenia Batres por calificativos; reforma judicial enreda a ministros

Se enfrentan Norma Piña y Lenia Batres por calificativos.

La discordia por la reforma judicial causó hoy que durante la sesión del Pleno los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se confrontan por las reglas que deberán aplicarse para invalidar leyes, sin que llegaran a una resolución definitiva.

Ante las modificaciones constitucionales aprobadas por Morena y sus aliados en el Poder Legislativo, el Pleno acordó definir el próximo lunes cuántos votos se requerirán en adelante para invalidar leyes.

Este jueves la Corte analizó una acción de inconstitucionalidad relacionada con las leyes de ingresos en municipios del estado de Coahuila en cuyo proyecto el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo propuso invalidar las porciones impugnadas.

Siete ministros votaron en favor del proyecto de Pardo, por lo que el secretario general de Acuerdos de la Corte, Rafael Coello Cetina, declaró que la propuesta no había prosperado y, por tanto, las leyes eran válidas en su totalidad.

Eso causó que el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena cuestionara cuántos votos estaban siendo considerados para declarar invalidez, pues la reforma judicial, al reducir la integración de la Corte a nueve ministros, también redujo la mayoría calificada para declarar invalidez a seis votos.

Afirmó que la Constitución vigente no establece el requisito de los ocho votos para invalidar, como sí lo establecía la Carta Magna antes de la reforma judicial.

“Me parece que tanto en Sala como en Pleno las votaciones se toman por mayoría, esa es la regla general, salvo que exista una norma expresa que establezca esa votación calificada, y mi pregunta es ¿dónde encontramos esa norma expresa que exige una votación calificada?”, cuestionó.

A juicio del ministro Gutiérrez Ortiz Mena, ante la falta de una regla escrita sobre la votación calificada que debe prevalecer mientras se integra la nueva Corte con nueve ministros, el Pleno debía determinar que la mayoría simple (seis votos) es suficiente para invalidar leyes.

“Mi pregunta es: ¿dónde existe en el texto constitucional una excepción a la regla general que nos lleva a ocho votos calificados, no existe, fue derogada”, explicó.

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