Senadores del oficialismo votarán a favor de la reforma pese a no coincidir con figuras como los ‘jueces sin rostro’
Como parte de la propuesta de reforma al Poder Judicial de la Federación (PJF) se encuentra la figura denominada como ‘jueces sin rostro’, la cual a grandes rasgos busca resguardar la identidad de las personas juzgadoras cuando se tratan temas de delincuencia organizada.
Sobre ello, Nora Ruvalcaba, senadora de Morena por Aguascalientes, sostiene que esta figura propicia un juicio imparcial y con objetividad, al prevenir amedrentaciones por parte de células delictivas. Sin embargo, hace hincapié en que la propuesta inicial realizada por el presidente López Obrador no contemplaba esta figura en la reforma judicial.
“Entiendo -no lo justifico, pero entiendo- que ha sido una petición. Uno de los problemas que esgrimimos es que existen jueces que están al servicio del crimen organizado. Lo que se pretende con esta figura es poder cuidar a las personas que les va a tocar resolver sobre un caso del crimen organizado, y que no se sepa quién es para que no lo amenacen, para que no pongamos en riesgo su vida, y para que pueda actuar con imparcialidad, objetividad y con legalidad. Pero sí quiero resaltar que esta figura no estaba incluida en la propuesta del presidente; fue producto -como muchas otras modificaciones que se hicieron- a raíz de los diálogos”
No obstante, la morenista reconoce que no converge con la introducción de jueces sin rostro, figura planteada también por el entonces presidente Felipe Calderón hace 14 años. Pese a ello, añade que se trata de una adhesión producto del diálogo con todas las partes.
“Quienes no coincidimos, necesariamente, con esta propuesta; quiénes nos manifestamos en contra, por ejemplo, cuando la presentó Felipe Calderón -porque sabíamos lo que pasaba, eran tiempos de derecha en donde fueras o no culpable, se te acusaban. Todavía en Aguascalientes se te persigue-. Lo importante aquí es que podamos escuchar, y eso fue algo que se escuchó y que se incorporó”.
La propuesta de reforma para incluir esta figura jurídica está en la fracción X del apartado A del artículo 20 de la Constitución. Se trata de una medida judicial ya implementada en algunos países latinoamericanos como Perú o Colombia.
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