Suprema Corte invalida imprescriptibilidad del peculado en Colima; advierten riesgo de uso político

SCJN

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó una reforma impulsada por el Congreso del Estado de Colima que permitía perseguir de por vida el delito de peculado, al considerar que esta medida podría prestarse a venganzas o revanchas políticas.

La discusión se originó a partir de un amparo en revisión promovido por Yulenny Cortés León, expresidenta municipal de Villa de Álvarez, y la extesorera María de los Ángeles Sosa Chávez, quienes fueron vinculadas a proceso por dicho delito.

De acuerdo con la Fiscalía General de Justicia del Estado de Colima, ambas exfuncionarias —emanadas del PAN y en funciones entre 2015 y 2018— fueron imputadas por no entregar en tiempo y forma más de 25 millones de pesos autorizados por el Cabildo dentro del presupuesto municipal.

En su demanda, las acusadas solicitaron declarar inconstitucionales los artículos 114, fracción II, y 237 Bis del Código Penal estatal. El ministro ponente, Giovanni Figueroa Mejía, propuso invalidar el primero de estos artículos —relativo a la imprescriptibilidad del delito— y conceder el amparo en ese punto, pero mantener vigente la disposición que sanciona la omisión en la entrega de recursos.

Durante el debate, la ministra Yasmín Esquivel Mossa se pronunció en contra de otorgar el amparo respecto al artículo 114, al considerar que las legislaturas estatales sí tienen facultades para definir su política criminal en materia de corrupción, incluso mediante figuras como la imprescriptibilidad.

En contraste, el presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, coincidió con el sentido del proyecto, aunque señaló que la imprescriptibilidad podría justificarse en casos que afecten derechos humanos, al sostener que el peculado puede trascender el daño patrimonial y afectar a la sociedad en su conjunto.

Por su parte, la ministra María Estela Ríos advirtió que este tipo de disposiciones no deben convertirse en herramientas de persecución política contra exfuncionarios. En la misma línea, Lenia Batres Guadarrama alertó que eliminar la prescripción en delitos de corrupción podría abrir la puerta a múltiples venganzas políticas, especialmente en contextos de alternancia democrática.

Finalmente, por mayoría de seis votos, el Pleno de la SCJN concedió el amparo a las exfuncionarias contra el artículo 114, fracción II, al tiempo que negó la protección respecto al artículo 237 Bis. El caso será devuelto a un tribunal colegiado, que deberá resolver los aspectos de legalidad pendientes.

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