Suprema Corte ordena reponer procedimiento de Mario Aburto; seguirá preso

Mario Aburto

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) revocó el amparo que un Tribunal Federal había otorgado a Mario Aburto Martínez, quien buscaba su liberación tras cumplir 30 años en la cárcel por el asesinato de Luis Donaldo Colosio, candidato del PRI a la presidencia en 1994. La decisión implica que Aburto permanecerá en la cárcel y que el proceso judicial se deberá reponer.

El voto decisivo fue emitido por la ministra Lenia Batres Guadarrama, quien apoyó el proyecto presentado por el ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá. Este proyecto propone reponer el procedimiento del juicio de amparo para garantizar que las víctimas del crimen, es decir, la familia de Colosio, sean escuchadas en el proceso judicial.

El 25 de septiembre, la Primera Sala había debatido el caso. Alcántara Carrancá y la ministra Loretta Ortiz Ahfl votaron a favor de revocar el amparo que permitiría la liberación de Aburto, mientras que los ministros Margarita Ríos Farjat y Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena se pronunciaron por confirmar el amparo. El caso quedó en empate debido a que el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo se excusó de votar, ya que, en 1996, siendo juez de Distrito, declaró inocente a Othón Cortés, señalado por la entonces Procuraduría General de la República (PGR) como el segundo tirador en el asesinato de Colosio.

El empate en la votación llevó a que se convocara a la ministra Lenia Batres, perteneciente a la Segunda Sala de la Corte, para emitir el voto de desempate. Sin realizar ninguna declaración pública sobre el caso, Batres acudió a la Primera Sala y votó a favor de la propuesta de Alcántara Carrancá, lo que resultó en la revocación del amparo.

La Fiscalía General de la República (FGR) había impugnado previamente la resolución del Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito, que ordenaba revocar la sentencia de 45 años de prisión de Aburto y dictar una nueva sentencia con base en el Código Penal de Baja California de 1994, año en que ocurrió el crimen. La FGR argumentó que el Tribunal Colegiado no había dado oportunidad a las víctimas directas e indirectas del delito para ser escuchadas, lo que dejó a las partes en un estado de indefensión.

Con la decisión de la Suprema Corte, el proceso judicial deberá reiniciarse, asegurando que la familia de Luis Donaldo Colosio participe y sea escuchada en el marco legal.

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