Estado de Derecho e Institucionalidad

Hablar de la existencia de un Estado de Derecho es indispensable en las formas de gobierno democráticas, republicanas, y civiles. Conceptualmente, entendemos al Estado de Derecho como la gobernanza que abarca personas, instituciones y entidades públicas o privadas, incluido el propio Estado. En esta gobernanza se vive bajo el imperio de leyes públicas y equitativas, aplicadas con imparcialidad e independencia; y compatibles con principios internacionales de derechos humanos.

En este sentido, cuando existe un Estado de Derecho; existe también un carácter institucional en el ejercicio del poder. Es decir, el poder se despersonaliza y se institucionaliza; dicho de otro modo, al ejercer un cargo público, el mandato legal autoritativo se le otorga a alguien que representa a una institución, no a la persona en sí misma. Las personas van y vienen, pero las instituciones prevalecen.

Aristóteles decía, en su tipología clásica de las formas de gobierno, que el mejor arreglo para ejercer el poder era una mezcla entre el mando de unos cuantos, equilibrado con las demandas de las mayorías, en virtud de un estricto apego a la ley. Para Aristóteles, la ley es la razón desprovista de pasión; por lo que hacía bien en señalar que la brújula política debería ser lo que ahora conocemos como Derecho Positivo, y no el contentillo a criterio de la persona que temporalmente ocupa el poder.

Por ello, podemos hablar de crisis en el Estado de Derecho cuando el ejercicio del poder se personaliza, y las acciones autoritativas tienen que ver más con el carisma o la capacidad de persuasión de quien ejerce el poder, y menos con los mandatos institucionales y el dictado legal. Podemos hablar de una crisis de institucionalidad cuando la ley se aplica discresionalmente para favorecer al grupo gobernante; o cuando la ley se transgrede desde el poder mediante acciones cuestionables de quien está en el mando, y esta transgresión se justifica en la capacidad de persuasión o de coacción del grupo gobernante.

Si falla la institucionalidad, y el poder se ejerce personalizado en el carisma de quien temporalmente está a cargo, comienza una estapa Crítica del Estado de Derecho. Cuando esto sucede, se pone en riesgo también la existencia de una democracia republicana y civil. Si falla la democracia, si la república se descompone, y si la civilidad no se privilegia; se pervierte la razón misma de la existencia del Estado: el asegurar al colectivo la supervivencia, el desarrollo, la certidumbre, y la amalgama social que maniene unidas a las comunidades.  

Por ello, es importante cuidar no sólo la democracia, ya que esto es el efecto de una causa mayor; sino que es importante velar por la institucionalidad y la legalidad, como principio causal de todo el posterior arreglo para ejercer el poder. Un poder que no se personalice, porque -insistimos- las personas van y vienen, pero las instituciones deben prevalecer.

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Alan Santacruz
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