Ideología obligatoria

Un viejo amigo, al quién quiero entrañablemente, Roberto Spandre, italiano que residió en Aguascalientes durante algún tiempo, cuando veía a alguien indeciso, decía: “si lo encuentras a mitad de una escalera, no sabes si sube o si baja”. La actitud de gobierno del estado, por no decir la gobernadora, durante la semana pasada, a propósito de reparto de los libros de texto gratuito, me recordó la expresión de mi cuate. Luego de posicionamientos anfibológicos finalmente el día de ayer se publicó la noticia por voz de la directora del Instituto estatal de la Educación, mi apreciada Lorena Martínez, estando obligado el gobierno a cumplir la ley general de educación y otras que de ella emanan, incluso disposiciones estatales, se repartirían los libros para no incurrir en responsabilidades.

En mi concepto, como siempre aprendiz de derecho, como diría Don Emilio Portes Gil: “me queda claro que la decisión finalmente es política y que, el tema de los libros de texto es, por supuesto, una decisión política del presidente que, en sus últimas patadas, busca imponer una visión ideológica del hombre y de la sociedad, sin concensarlo con la ciudadanía, y en buena medida, contrariando con los lineamientos constitucionales sin haber llevado a cabo los procedimientos previstos en las leyes".

Es necesario tocar algunos aspectos técnicos del control de constitucionalidad, a partir de reformas y criterios del cambio constitucional de 2011. Los derechos fundamentales, antes llamados derechos humanos, preservados por las llamadas garantías individuales y los tratados internacionales en esta materia, ahora son Constitución. No solo eso, ahora la Constitución se amplía a lo que se llama “bloque de constitucionalidad” que no se limita a la norma fundamental, sino a los tratados, leyes, reglamentos y principios que la justicia constitucional incorpore.

Se pasó también a un control difuso, y no un control concreto de la constitucionalidad, y a un control exoficio, por lo que los jueces constitucionales (todos) pueden declarar la inconstitucionalidad de un acto o una norma y las autoridades del país (todas) están obligadas a inaplicar los dispositivos que estimen institucionales.

El Gobierno del Estado pudo haber sostenido esta posición, apoyado en la sentencia del Juzgado de Distrito que declaró la inconstitucionalidad del reparto de los libros, al no acudir a la Secretaría de Educación Pública, que cumplió con los lineamientos de la Ley General de Educación.

Determinación legal, en tanto no sea cosa juzgada de otra sentencia, optó por repartirlos. A otra cosa mariposa. Hasta una próxima, si la hay.

Las ideas aquí expresadas pertenecen solo a su autor, binoticias.com las incluye en apoyo a la libertad de expresión

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Jesús Eduardo Martín Jáuregui
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