Militares y civiles

A colación del pasado desfile militar por la conmemoración del inicio del movimiento independentista en nuestro país, es pertinente volver a reflexionar sobre la participación militar en un gobierno civil. Sobre todo, en un contexto en el que, en México, las fuerzas castrenses tienen cada vez más poder y presupuesto para acciones de gobierno que debería ejercer la burocracia civil.

Para ello, es necesario repasar el mandato legal al que deberían estar ceñidos los militares. Históricamente, al menos desde 1985, nuestras fuerzas armadas habían limitado su participación pública sólo a los tres Planes Operativos Nacionales que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos les ha conferido. Estos son los Planes de Defensa Nacional I, II y III, que implican:

Plan DN-I: el repeler agresiones extranjeras. Afortunadamente, desde hace décadas, no ha sido necesario aplicarlo. La última vez que hubo una declaración de guerra de un país extranjero, que implicara a México, fue en 1942 en el contexto de la Segunda Guerra Mundial. En ese tiempo, México participó con el Plan DN-I involucrando en la guerra al mítico Escuadrón 201.

Plan DN-II: Proteger la seguridad interior o combatir la insurgencia interna. Este plan se ha usado oficialmente, por única vez, en 1994 contra el Ejército Zapatista de Liberación Nacional; luego, el gobierno declaró “cese al fuego”, y no se ha vuelto a poner en práctica oficialmente.

Plan DN-III: Implica defender y proteger a la población afectada en situaciones de desastre. Este plan es el más conocido y ejecutado por las fuerzas armadas del país, y comenzó a operar a partir del sismo de 1985 en la Ciudad de México.

Desde el sexenio de Felipe Calderón, continuando en el de Enrique Peña Nieto, y en la actualidad con Andrés Manuel López Obrador, el ejército ha operado fuera de estos planes. Desde 2006, con la llamada “Guerra contra el narco”, se utilizó al ejército en funciones de seguridad pública, lo que ha derivado en que las fuerzas armadas eliminen objetivos civiles en ausencia de guerra civil o insurgencia.

Peor aún, el ejército ha abarcado cada vez más funciones civiles, y se le ha dado un poder administrativo y presupuestal inusual en cualquier democracia moderna. Por ello, se debe modificar los Planes de Defensa Nacional (sobre todo el DN II, para incluir a la seguridad pública) y se debe revisar la participación de la milicia en el plano civil.

Lo urgente es dar certeza legal a los límites de las fuerzas armadas en su actuación y operación pública, en su acceso a presupuestos, y en su cada vez más amplio ejercicio del poder; para así, fortalecer la institucionalidad civil, democrática, y republicana.

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Alan Santacruz
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