La FGE quiere ver tras las rejas al “Maestro justiciero”

Apelaron la resolución del Juez que dejó en libertad al mentor y lo llevaran nuevamente al banquillo de los acusados

Para la FGE, el profesor que enfrentó a un delincuente que se metió a su casa a robar, si debería de enfrentar un proceso penal por el delito de PRIVACIÓN ILEGAL DE LA LIBERTAD y LESIONES DOLOSAS CALIFICADAS a pesar de que en una audiencia un Juez resolvió dejarlo en libertad y no vincularlo a proceso.

Haciendo uso de sus facultades, el Ministerio Público que encabezó la acusación, presentó un recurso de apelación ante los Magistrados del Supremo Tribunal de Justicia.

Por lo anterior, en breve el profesor MAURICIO MARÍN CAMPOS conocido como “El Maestro Justiciero” será sentado nuevamente en el banquillo de los acusados, pero en esta ocasión en una sala del STJ y posiblemente ante 3 Magistrados para resolver su situación legal.

La FGE insiste en que se excedió en una “Legitima Defensa” e incurrió en dos delitos clasificados en el Código Penal como Privación Ilegal de la Libertad y Lesiones Dolosas Calificadas.

Fue el pasado 24 de abril cuando se celebró la segunda parte de la audiencia inicial en donde un Juez de primera instancia resolvió NO VINCULAR A PROCESO a Mauricio Marín al considerar que actuó en defensa de sus bienes y de su persona, además de que algunos de los indicios presentados por la autoridad ministerial no habían sido obtenidos de manera legal.

La FGE mostró una inconformidad por la resolución del Juez y promovió el recurso de apelación; acto que podría ofrecer tres resultados diferentes:

  1. Revocar la NO vinculación y ordenar que sea vinculado a proceso
  2. Confirmar la NO vinculación a proceso
  3. Reponer la audiencia por alguna violación procedimental

Los hechos que hoy buscan ser llevados nuevamente ante las autoridades judiciales ocurrieron el pasado 17 de abril de este año en un domicilio del Fracc Versalles, cuando el profesor descubrió a un ladrón que había ingresado a su casa para consumar un atraco.

La forma en la que enfrentó a ladrón fue considerada por la sociedad en general y un Juez como un acto de legítima defensa, mientras que para la FGE fue un exceso en el ejercicio de ese derecho.

 

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