Acotan designación del titular del Centro de Conciliación Laboral
Es acotada por el Congreso del Estado, la designación de la persona titular del Centro de Conciliación Laboral del Estado.
Cuando se aprobó la ley que crea este -relativamente- nuevo organismo, tras la reforma laboral, no se puso ninguna traba y cualquier persona, solo con licenciatura en derecho, podía ser designada en tal encargo, a pesar de los requerimientos especiales del puesto.
De la misma manera también se prohíbe nombrar para tal cargo, a personas con conflicto de intereses, condenados por corrupción o inhabilitado.
Es por esto que, para corregir dicho error, se presentó la iniciativa por parte del diputado Francisco Sánchez Esparza, para reformar el artículo 25 de la Ley del Centro de Conciliación Laboral, por lo que ahora queda de la siguiente manera:
“Contar con título profesional de Licenciatura en Derecho, Abogado o cualquier otro análogo al mismo”.
Y en el caso de los supuestos, se especifica:
“No encontrarse en ningún supuesto de conflicto de intereses; No haber sido condenado mediante sentencia firme por delitos patrimoniales dolosos, cualquiera que haya sido la pena; No encontrarse, al momento de la designación, inhabilitado o suspendido administrativamente, en su caso, penalmente, para ejercer el comercio o para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público”.