Aprueba Congreso prohibición de castigos físicos y humillantes contra menores
Quedan ya prohibidos los castigos corporales y humillantes contra menores de edad en la ley.
Se trata de una reforma propuesta por la diputada local del PAN, Mirna Medina, para modificar la Ley de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y que fue avalada en la sesión de este jueves en el Poder Legislativo, de manera unánime.
En primer lugar, la reforma señala la definición de “castigo corporal o físico”:
Todo aquel acto cometido en contra de niñas, niños y adolescentes en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve.
Y ya en el detalle, en cuanto a la prohibición expresa, se modifica el artículo 46 de dicho marco legal, en donde se señala que los menores tienen derecho a una vida libre de violencia y se agrega el siguiente parrafo:
Queda expresamente prohibido el uso de cualquier tipo de violencia, especial el castigo corporal o físico, así como el castigo humillante, mediante cualquier medio y en cualquiera de sus manifestaciones. La presente prohibición se extiende a todos los ámbitos donde se desarrolla la vida de las niñas, niños y adolescentes.
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