Aprueban reforma al Código Penal que favorece a funcionarios y particulares corruptos
En el Congreso del Estado dan el aval para modificar el Código Penal de la entidad, para poder castigar con mayor severidad a funcionarios corruptos, pero también a particulares que caigan en este tipo de delitos, contra el servicio y los bienes públicos, no obstante se le pone fecha de caducidad a los delitos.
En este caso se trata de una modificación para que aquellas personas que han sido sentenciadas por dichos delitos no puedan ocupar cargos públicos, pero además que sus empresas no sean contratadas.
Sin embargo, esto tiene una fecha de caducidad, pues la exclusión de los contratos públicos no puede ser permanente.
En este caso, la comisión que dictaminó la propuesta, señala que se trata de garantizar los principios de legalidad y proporcionalidad, eliminando inhabilitaciones definitivas y señalando límites mínimos y máximos respecto a las mismas; asimismo, respetar la competencia que corresponde al Congreso de la Unión, en materia de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, además de suprimir referencias a la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Aguascalientes, el cual ya no existe.
En el artículo 163 A se señala:
…cuando se compruebe que los mismos se configuraron dentro de un procedimiento de adquisición gubernamental, licitación pública o cualquier procedimiento de contratación dentro de la Administración Pública, se aumentará hasta en un tercio en sus mínimos y máximos la pena de inhabilitación para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas ya sea a los servidores públicos o a los particulares que sean responsables en la comisión de los mismos. En este supuesto se ordenará la cancelación de los registros del inhabilitado, que en su caso obren en los padrones de proveedores de la Administración Pública Estatal como Municipal, según sea el caso.
Las sanciones impuestas a servidores públicos y particulares por las figuras típicas previstas en este capítulo como tipos penales protectores de la administración pública, se inscribirán en el Sistema de Información Estatal de Servidores Públicos y Particulares Sancionados de la Plataforma Digital Estatal, de conformidad con lo establecido en la Ley del Sistema Estatal Anticorrupción de Aguascalientes y las disposiciones que emita la Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal Anticorrupción del Estado de Aguascalientes